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30/Nov/17 17:43
informativas SALARIOS y CONSTANCIAS 2017

Buenas tardes, ahora que se va a pagar el aguinaldo por lo general se realiza un previo del anual 2017 en caso de sser necesario algun ajuste.
Para el cierre ¿ como se va a realizar la infomativa de salarios? vía nomina NO realizo ningún calculo anual.

Saben de alguna información,
Gracias
 
&CH
 
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anaili
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01/Dic/17 00:33
Re: informativas SALARIOS y CONSTANCIAS 2017

Hola anaili:

La obligacion de la Informativa estaba hasta el 2016, te copio la Fracc X, Art NOVENO de Disposiciones Transitorias de la LISR del 2014:

X. Para los efectos de la obligación de presentar las declaraciones informativas y constancias
establecidas en los artículos 86, fracciones III, IV, VIII, IX, X, XIV, 101, VI, 118, III, V, 143,
último párrafo, 144 y 164 de la Ley del Impuesto sobre la Renta que se abroga, se deberá
cumplir con dicha obligación en los términos de esa Ley, a partir del 1 de enero de 2014 y
hasta el 31 de diciembre de 2016.


Tambien lo menciona la siguiente liga en la pagina del SAT (aunque no menciona el Art NOVENO Fracc X):

http://www.sat.gob.mx/nominadigital/paginas/default.htm

Y hace pocos dias ya habia salido un POST con el mismo tema:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=55387&idCat=10

Por ultimo, si debes de hacer calculo anual checar art 97 y 99 de la LISR


Saludos


Editado: Diciembre 01, 2017 00:37:22
 
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Cone34
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01/Dic/17 08:39
Re: informativas SALARIOS y CONSTANCIAS 2017

Gracias por la link.
El cálculo anual en la empresa se realizaba de forma manual hasta el 2016, se realizaba en excel y se realizaban los cálculos para después determinar si obtuvo un saldo a favor o a cargo, el cual se enteraba en febrero , pero en la constancia se informaba el saldo a favor que resultaba, dado que la informativa era un programa aparte se realizaba una carga en .txt

Ahora para 2017 dicho calculo anual como es determinado?

, ¿ que sucede con las constancias para este 2017?

que pasa con las declaraciones anules de los trabajadores sin dicho documento, aunque se que el mismo programa de la anual ya esta precargada cierta información que en ocasiones también contenian errores.

Gracais
 
&CH
 
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anaili
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02/Dic/17 00:55
Re: informativas SALARIOS y CONSTANCIAS 2017

Nuevamente Hola:

Ahora para 2017 dicho calculo anual como es determinado?

R.- Esta en el Art 97 segundo parrafo de la LISR

, ¿ que sucede con las constancias para este 2017?

R.- Hasta el 2016 si habia la obligacion lo menciona el Art 118 Fracc III de la Ley ISR del 2013 (lo menciona Art Noveno Fracc X Disposiciones Transitorias LISR 2014)

Ahora en la Ley Actual (ISR) puedes ver el Art 99 Fracc III y IV:

III. Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptosa que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.

IV. Solicitar, en su caso, las constancias y los comprobantes a que se refiere la fracción anterior,
a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, a más tardar dentro del
mes siguiente a aquél en que se inicie la prestación del servicio y cerciorarse que estén
inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
Adicionalmente, deberán solicitar a los trabajadores que les comuniquen por escrito antes de
que se efectúe el primer pago que les corresponda por la prestación de servicios personales
subordinados en el año de calendario de que se trate, si prestan servicios a otro empleador y
éste les aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se aplique nuevamente.

que pasa con las declaraciones anules de los trabajadores sin dicho documento, aunque se que el mismo programa de la anual ya esta precargada cierta información que en ocasiones también contenian errores.

R.- En los casos de las personas que van a presentar la anual en forma personal, seria bueno imprimirles los acumulados del sistema de nomina (es mi OPINION PERSONAL), pero solo como datos informativos, ya que no existe la obligacion de la Informativa de Salarios y tampoco la Constancia de Ing y Ret.

Saludos
 
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Cone34
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