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05/Jul/17 21:47
Deduccion Auto en RIF

Buenas noches
Gracias anticipadas por su colaboracion a este tema

Un RIF compro un auto por 120,000.00 mas IVA, Su giro es venta de uniformes, y toda su venta la hace en un local.
dudas
1- Segun su experiencia se puede deducir el auto, aun y cuando el 100% de sus ventas sean en un local? es decir , no usa auto para trasladarse a entregar uniformes.
2.- Si es deducible el auto, puedo ingresar en este 3er bim , el monto del auto como deduccion ( 120,000) o me apego a solo el 25 % por año como marca ART 34 VI lisr ?

Les agradezco sus aportaciones.
Gracias.
 
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PWCGLOBAL
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05/Jul/17 22:43
Re: Deduccion Auto en RIF

Buena noche:

Mi estimado, es un vehículo para su uso personal, no es estrictamente indispensable para la obtención de los ingresos propios de su actividad. Por lo tanto, no es deducible, representa un gasto personal.

Fundamente legal artículo 111, de la Ley del impuesto Sobre la Renta.

Transcribo extracto:

…Para estos efectos, la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección…

Está bien de que goza de una serie de beneficios al tributar en RIF, pero considero que no debe 'pasarse'...

Saludos



Editado: Julio 05, 2017 22:44:31

Editado: Julio 05, 2017 23:13:28

Editado: Julio 06, 2017 09:37:52
 

 
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a_cano
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06/Jul/17 11:31
Re: Deduccion Auto en RIF

Hay un ARTICULO publicado en el portal con fecha 19 de junio, pudiera ser de tu interés.
http://www.fiscalia.com/publicaciones/10356

Y... que acaso tampoco se utilizaría el automóvil para ir a realizar tramites al SAT, al banco, a la papelería, a comprar productos de limpieza, o un largo etcétera para asuntos del negocio?, bueno, habría que definirlo.
 
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Lumin Oso
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06/Jul/17 17:30
Re: Deduccion Auto en RIF

Hola PWCGLOBAL,

Mira, sí el carro no se utilizará absolutamente para nada que tenga que ver con el negocio, NO PUEDES DEDUCIRLO; sí por el contrario, lo utilizarán para comprar materia prima, insumos y demás artículos que requiera el negocio, sí lo puedes deducir, así como los gastos que este conlleve (recuerda que el límite de la gasolina pagada en efectivo es de $2,000.00).

Por otra parte, la deducción del automóvil es una laguna en la ley que el fisco aun no resuelve; el artículo 111 en su sexto párrafo indica el procedimiento para obtener la utilidad fiscal del bimestre:

Artículo 111.- ...

' ... la utilidad fiscal del bimestre de que se trate se determinará restando de la totalidad
de los ingresos a que se refiere este artículo obtenidos en dicho bimestre en efectivo, en bienes o en servicios, las deducciones autorizadas en la Ley que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos a que se refiere esta Sección, así como las erogaciones efectivamente realizadas en el mismo periodo para la adquisición de activos, gastos y cargos diferidos y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. '


Como puedes ver, la deducción del automóvil es integra en el bimestre en el que lo adquiriste...pero, recuerda que tiene que estar pagado, de lo contrario sólo podrás deducir en cada bimestre la mensualidad pagada a la concesionaria.

Espero que esta información haya sido de tu ayuda.

Saludos
 
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carlos17tello
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07/Jul/17 06:50
Re: Deduccion Auto en RIF

Buen dia
Gracias por sus comentarios CARLOS 17, LUMIN OSO, ACANO,

Por ultimo
La compra del auto fue en efectivo (deposito a la cuenta de la agencia) esto tiene alguna repercusion adicional en RIF, ?

Gracias por sus aportaciones, tomaremos la mejor decision sobre este auto.
 
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PWCGLOBAL
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07/Jul/17 10:48
Re: Deduccion Auto en RIF

Hola PWCGLOBAL,

Entiendo que ya lo compraste cierto...en este caso te aplicó lo establecido en el artículo 112, fracción V, la cual indica que los gastos en inversiones mayores a $5,000.00 pagados en efectivo NO SON DEDUCIBLES.

Bueno, de cualquier forma no lo podrás deducir.

Saludos
 
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carlos17tello
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07/Jul/17 10:52
Re: Deduccion Auto en RIF

Gracias carlos17

Es correcto, ya fue comprado en efectivo.

Te agradezco tus comentarios.

saludos
 
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PWCGLOBAL
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07/Jul/17 12:11
Re: Deduccion Auto en RIF

Buen día, con respecto a lo siguiente:

Mira, sí el carro no se utilizará absolutamente para nada que tenga que ver con el negocio, NO PUEDES DEDUCIRLO; sí por el contrario, lo utilizarán para comprar materia prima, insumos y demás artículos que requiera el negocio, sí lo puedes deducir, así como los gastos que este conlleve (recuerda que el límite de la gasolina pagada en efectivo es de $2,000.00).


El pago de combustible debe efectuarse con sistema financiero sin importar el monto,
ART. 112 frac. V segundo párrafo. Ya no existe la regla que permitía esa deducción en efectivo .



Salu2
 
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grupoimper
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10/Jul/17 16:13
Re: Deduccion Auto en RIF

Que tal!

Disculpa grupoimper, me salto el comentario sobre la deducción de los combustibles; es cierto que la fracción V del artículo 112 de la LISR vigente menciona que el combustible debe pagarse a través del sistema financiero, sin embargo te invito a leer la regla 3.13.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017 publicada el 23 de diciembre de 2016.

Saludos
 
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carlos17tello
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10/Jul/17 17:19
Re: Deduccion Auto en RIF

De acuerdo carlos17tello, gracias por la información.

Salu2
 
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grupoimper
Capitán Primero

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