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30/Jun/17 16:30
CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

Buenas tardes, soy una persona moral dedicada a la compraventa de partes para vehículos esta mercancía que vendo es tanto nacional como de importación.

Se pactó la venta de mercancía con un cliente, esta mercancía si bien ya la tengo comprada en Estados Unidos aun no la importo.

El cliente me realizó el pago total por la compra de esa mercancía sin haberla recibido.

1.- ¿Debo emitirle un CFDI por la venta si ya recibí el pago pero aun no importo la mercancía?
2.- ¿Cómo realizaría el asiento contable de la venta si no hay entrada a mi almacén?


De antemano agradezco su valiosa opinión. Saludos!
 
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GMont
Soldado

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30/Jun/17 20:15
Re: CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

Hola Gmont,

A mi punto de vista:

1. Sí debes generar un CFDI por el monto que recibiste trasladando impuestos; en cuanto al concepto, puedes incluír el nombre de la refacción que vendiste y entre paréntesis, la expresión 'según especificaciones anexas', para que cuando importes la mercancía, sólo anexes un documento interno al CFDI en donde especifiques modelo, no. de serie, etc.
2. Lo puedes manejar como un anticipo sí decides no facturarlo; sí optas por facturarlo, debes registrar la venta y como sugerencia, descontar el artículo de inventario una vez que lo tengas, teniendo en mente que ese costo es de una venta que ya reportaste. Aunque lo correcto es que lo factures.
Sólo recuerda que para efectos fiscales, ese ingreso ya grava IVA y es objeto de ISR.

Esta es mi opinión, recalco, por lo que te sugiero que esperes a que otros foristas compartan su opinión para que puedas tomar la mejor decisión.

Saludos
 
'La duda no es sinónimo de inseguridad, pero sí es indicio de sabiduría'
 
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carlos17tello
Teniente

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03/Jul/17 10:01
Re: CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

Buenos Dias

En mi opinión relación a tu consulta seria la siguiente:


1.- ¿Debo emitirle un CFDI por la venta si ya recibí el pago pero aun no importo la mercancía?


Antes que nada debes analizar que no estarías partiendo de que no pudieras elaborar un cfdi del cual desconoces la composición de antemano sabes que son autopartes pero no las tienes, no habría afectación al almacén y por ende al costo de venta,es decir no tendrías la información y controles necesarios para la elaboración en cuanto descripción modelo y demás y a su vez mientras no puedas demostrar la materialidad al no haber recibido de mercancías y anticipo tampoco es ya que conoces el monto y el numero de piezas que estas adquiriendo por lo que tampoco seria de esa manera.


2.- ¿Cómo realizaría el asiento contable de la venta si no hay entrada a mi almacén?

De forma conservadora puedes acumular el Ingreso de una operación que no se ha realizado.

Ahora queda en ti la decisión

Saludos
 
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FISCIVAN11
Sargento Primero

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04/Jul/17 11:41
Re: CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

En mi humilde opinion estas ante un anticipo y como tal debe manejarse saludos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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04/Jul/17 12:21
Re: CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

Buen día, cuando se emita una opinión hay que fundamentarla.

Mi opinión es que ya es ingreso de acuerdo al art. 17 frac. I inc. C de la LISR.

Obvio para IVA también ya que la enajenación ya está cobrada. art. 11 LIVA.

Hay que tener presente que me estoy refiriendo únicamente al tema fiscal.

Con respecto al costo fiscal checa la regla 3.2.4.

Y si debes emitir un CFDI

Salu2

Editado: Julio 04, 2017 12:22:49
 
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grupoimper
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05/Jul/17 09:30
Re: CFDI por venta de mercancia pagada y no entregada

Buen día:

Como complemento a lo antes mencionado:

El artículo 2249 del Código Civil Federal, establece que por regla general, la venta es perfecta y obligatoria para las partes cuando se han convenido sobre la cosa y su precio, aunque la primera no haya sido entregada, ni el segundo satisfecho.

Saludos



Editado: Julio 05, 2017 09:31:07
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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