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14/Jun/17 10:32
IVA COMPRA-VENTA DE FLORES EN ACTIVIDAD RIF

Buen día, en consulta respecto a la COMPRA-VENTA de flores, si están sujetas a IVA o tasa cero, o en su defecto a cual le corresponde, esto en actividad del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Agradezco de antemano sus comentarios del mismo, saludos.

Editado: Junio 14, 2017 10:33:35
 
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sfj
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14/Jun/17 16:21
Re: IVA COMPRA-VENTA DE FLORES EN ACTIVIDAD RIF

Hola sfj,

El artículo 2-A de la LIVA vigente especifíca que le es aplicable la tasa del 0% a los animales y vegetales sin industrializar y el artículo 6, primer párrafo de su reglamento establece los supuestos en que estos conceptos no se consideran industrializados.

Por lo que a mi punto de vista, la compra o venta de flores se encuentran a tasa 0%, siempre y cuando las compres o vendas cortadas, lavadas, sin espinas, etc. que no altere su forma o color naturales, es decir, sí las compras en estas condiciones será aplicable la tasa 0% pero sí las vendes en arreglos o les añades tinturas o cualquier otro aditamento, SI deberás trasladar IVA al 16%.

Espero que esta información haya sido de ayuda.

Saludos
 
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carlos17tello
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14/Jun/17 17:36
Re: IVA COMPRA-VENTA DE FLORES EN ACTIVIDAD RIF

Gracias, carlos17tello, muy amable.
 
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sfj
Soldado

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