Un contribuyente de RiF que tiene un negocio de venta de birria pero al que le compra los animales no tiene Cfdi puedo hacer deducible la compra registrando el gasto en mi contabilidad..? Y si asi es cuál sería el Rfc a utilizar, el genérico.?
entonces el contribuyente obtendra puros ingresos sin los gastos mayores para deducir, lo que le resultaria un isr elevado, si no tuviese el descuento por el año tributado, a lo que lo resentira en cuanto pase su tiempo de 10 años, no hay otra manera de hacer deducibles esa compra, ya que la compra de animales son en el campo y estas personas se dedican a la cria de estos animales para su venta sin registrarse en el sat. es imposible que estas personas se registren.
Hola.
Si las puedes deducir, tu puedes hacer la factura fiscal por esos importes, en el portal de mis cuentas-facturas de EGRESOS, pones el RFC genérico y el concepto de lo que estás facturando.
Con esto ya es fiscalmente deducible para el RIF y así cumples con la autoridad.