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23/Feb/17 13:55
Sueldo retroactivo

Muy buenas tardes, quisiera ver si me pueden ayudar con una duda, un contribuyente tiene 2 trabajadores con salario mínimo que empezaron en octubre 2016, en el 2017 tiene 7 nóminas semanales pagándoles igual que el mínimo del año pasado, por lo que quiere pagarles la diferencia en la nómina de esta semana.
¿Como considero este sueldo retroactivo para el cálculo del sueldo semanal?

¡Gracias!
 
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leopardo
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23/Feb/17 15:17
Re: Sueldo retroactivo

Hola:

LFT
Artículo 1004.- Al patrón de cualquier negociación industrial, agrícola, minera, comercial o de servicios que haga entrega a uno o varios de sus trabajadores de cantidades inferiores al salario fijado como mínimo general o haya entregado comprobantes de pago que amparen sumas de dinero superiores de las que efectivamente hizo entrega, se le castigará con las penas siguientes:

I. Con prisión de seis meses a tres años y multa que equivalga hasta 800 veces el salario mínimo general, conforme a lo establecido por el artículo 992, cuando el monto de la omisión no exceda del importe de un mes de salario mínimo general del área geográfica de aplicación correspondiente;

En mi opinión tendría que cancelar los recibos de nomina y volver a timbrarlos con los importes correctos y desde luego, hacer el pago correspondiente

Espero le sirva mi comentario
 
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JABUS
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23/Feb/17 15:29
Re: Sueldo retroactivo

Bien Javus muchas gracias por tu opinión, los puntos que expones son importantes y los tomaré muy en cuenta, quisiera ver si hay otra opinión al respecto para sugerirle hoy mismo al contribuyente lo que tiene que hacer.

¡Gracias!
 
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leopardo
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23/Feb/17 16:04
Re: Sueldo retroactivo

No le comprendo su duda, compañero.

No ha señalado que hubo incremento de salarios. Señala de una diferencia, la verdad no le entiendo de que se trata, no lo ha manifestado. Solo expresa que se viene pagando igual en 2016 en 2017, donde esta lo equivocado o lo incorrecto. El contrato laboral supongo que dice que debe pagarse las nominas como las ha venido pagando. El detalle que conforme al contrato y con lo que comenta, considero que el patron esta realizando perfectamente bien sus pagos de nomina. No entiendo su duda. Pudiera aclararla por favor.


Editado: Febrero 23, 2017 16:09:54
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Feb/17 16:31
Re: Sueldo retroactivo

Hola Enríque, el sueldo que esta pactado que perciban estos dos trabajadores es el mínimo, pero el patrón en el 2017 esta pagando lo mismo que en el 2016, quiere corregir este error y pagarles la diferencia, ahora bien mi duda es como afectará el pago de esta diferencia en el cálculo de la nómina semanal. O tal vez sea mejor opción, com o lo sugiere Jabus, el cancelar los recibos de nómina anteriores y generar otros nuevos con lo que debió pagarles y desde luego entregarles la diferencia en sueldos a los trabajadores.
Espero haberme explicado bien.
 
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leopardo
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23/Feb/17 16:41
Re: Sueldo retroactivo

Hola de nuevo:

El problema que yo veo es que en este año los recibos quedan con un sueldo inferior al mínimo, por lo que el dejarlos así podría acarrearle problemas laborales , por eso le sugerí cambiarlos , además de que solo hablamos de dos trabajadores

Saludos
 
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JABUS
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24/Feb/17 13:50
Re: Sueldo retroactivo

Hola leo:

dispenseme No se da cuenta que explica exactamente igual que al inicio. No aclara a que se debe la diferencia.

Como se genera esta diferencia. Por mi parte no le entiendo HAY UN CONTRATO indica pagarse de un modo. 2016 y 2017 se cubren igual. Supongo que conforme al contrato. De donde diablos dice que hay diferencia.

Como lo veo es que esta cubriendose perfectamente bien las nominas. Por favor, deje de ver su duda como lo viene haciendo. Procure verlo desde mi posicion pero para eso debe COMPRENDER Y EMPATIZAR CON LO QUE LE SEÑALO.

Despues de atenderme, y mencionar a que se debe esta diferencia o porque se ofrece, como se genera, si el contrato manda otra cosa y se ha venido haciendo bien los pagos. Despues de aclararlo. Pudiera EMPATIZAR con USTED. Por ahora andamos ciclados en su ausencia empatia, no me entiende y asi no es posible retroalimentarlo, porque ambos no hablamos el mismo idioma a pesar que empleamos el castellano, pero no bajo la misma sintonia.

Dejeme como veo las cosas:

A.- Dice que el contrato es pago de salario minimo (Compromiso minimo acordado y por Ley)
B.- en 2016 se cubrio salario minimo
C.- en 2017 se cubre salario minimo

Es decir A = B tambien A = C, entonces estamos perfectos.

Por que quiere pagarse mas... esta bien si paga mas. No esta prohibido. No veo problema, que lo pague y asi lo compruebe. Pero su duda ¿en que radica?


Saludos cordiales



Editado: Febrero 24, 2017 14:00:18
 
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enrique9727
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24/Feb/17 14:22
Re: Sueldo retroactivo

Hola Enríque
Trataré de explicarlo de otro modo, 2016 se pagó con el sueldo de $ 73.04, para 2017 se estipula en contrato que debe aumentarse el sueldo de aquellos que perciben el salario mínimo, por tanto a partir del primero de enero de 2017 se debió estar pagando con el nuevo salario mínimo que es $80.04, pero por error el contribuyente pago con el sueldo anterior. El contribuyente quiere subsanar este error pagandoles la diferencia en la siguiente nómina semanal.
Es decir hubo un aumento de sueldo de $73.04 a $80.04
¿Para efectos del cálculo del impuesto como consideró las diferencias de sueldo que ahora quieren pagarse en la semana?

nómina 2016 nómina 2017 mal pagada nómina 2017 como debió pagarse
Sueldo 511.28 511.28 560.28
Sub. empleo 66.08 66.08 62.94
Total a pagar 577.36 577.36 623.22
 
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leopardo
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24/Feb/17 17:32
Re: Sueldo retroactivo

Ok ya por fin. No se actualizo el salario minimo general.

Si requerira incluir una partida como salarios retroactivo por esa diferencia que por fin ya entendi.

No requerira retimbrar las nominas pagadas en especial si ya cuenta con la nueva version vigente a partir de este año.

Pero las nuevas nominas deberan contener el reglon de retroactivo y no hacerle caso para el seguro social. Si se atendio conforme a la señalizacion del parrafo siguiente.

Para el seguro social si se cubrio con SUA que no se como podria ser distinto sin este software, pues ya cubrio el seguro social correcto en especial si aplico la nueva version 3.4.8 que ya tiene vigente el UMA y la actualizacion de los SMG que corresponden.

Verdad que es facil explicarlo completo lo hizo. Disculpe pudiera imaginarlo que era asi, pero si no fuese asi la diferencia y fuese de otro modo, ya no le serviria la resolucion que le acabo de indicar en la presente.

Saludos y gracias
 
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enrique9727
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24/Feb/17 18:13
Re: Sueldo retroactivo

Al contrario, gracias a ti enríque y Jabus por su ayuda.

Que tengan buen fin de semana.
 
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leopardo
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