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23/Ene/17 10:41
PRESENTACION DE LA CONTABILIDAD ELECTRONICA

HOLA:
ME PUEDEN DECIR DESDE CUANDO DEBE PRESENTAR LA CONTABILIDAD ELECTRONICA UNA PERSONA MORAL QUE SE AMPARO. AUN NO A LLEGADO LA RESOLUCION DEL TRIBUNAL.
GRACIAS DE ANTEMANO
 
jfcortiz
 
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juanfcortizg
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24/Ene/17 14:28
Re: PRESENTACION DE LA CONTABILIDAD ELECTRONICA

En relacion a la contabilidad electronica hay dos situaciones en que procederia de inicio para interponer el juicio de amparo.

a) vs las balanzas mensuales y electronicas
b) vs la entrega de polizas electronicas.

Cuando nacio la disposicion era muy aventurada, se solicitaba que siempre se entregara ambas situaciones.

Ahi nacieron los amparos.

Desde mi opinion, las balanzas no representan un agravio alguno vs los contribuyentes y dudo que procedan y que las autoridades jurisdiccionales procedan en favor de los contribuyentes, lo sustentaran por el bien comun y asi han empezado negandolos

Con relacion al segundo punto la autoridad haciendaria recapacito y cambio su postura, que solo solicitarlo cuando lo considere pertinente y necesario para el seguimiento en especial de alguna revision directa, devolucion o compensacion, en cuyo caso se justifica la necesidad de tener que recurrir a verificar los cumplimientos correctos de los contribuyentes

Siendo asi, los amparos tambien se perderan y no ofreceran la garantia a los contribuyentes quejosos

En el caso que procederan sera cuando la autoridad este solicitando sin motivo alguno las polizas electronicas, ya que es necesario por protocolo de ley que se presente una necesidad imperante para el SAT y que en caso contrario no se le estaria dando el tratamiento de veracidad y lo de la protesta de decir verdad, la autoridad prejuzga sin necesidad alguna y esto seria lo violatorio a varios derechos del contribuyente.

Respetandose ese derecho de manera inicial y cuando ya nazca la necesidad, entonces procede hacer valer los derechos colectivos donde se le abran las facultades a la autoridad para proceder a revisar sobre las herramientas de fiscalizacion

Con relacion a las balanzas simplemente son datos informativos y no implican una herramienta de fiscalizacion y se supone que de estos datos es que se determinaron las declaraciones por lo que son fuente importante de estas y tampoco representaria algun agravio para los contribuyentes.

Contestando a la pregunta.

El amparo tiene otra herramienta que le llama 'la suspension del acto reclamado' es decir debe preguntarsele al abogado si tramito este procedimiento y es tan importante para el contribuyente o quien se ampare, porque deja al quejoso en un estado identico como hasta antes de estar vigente la ley a la cual se le tacha de violatoria. Y que mientras dure el procedimiento litigioso asi procedera este estado de proteccion hasta que se dicte la resolucion.

No se tiene la suspension obtenida, la ley procede la vigencia no tan solo para todos, sino tambien para ese quejoso. Asi que debe ir cumpliendo con la ley. Aun y cuando se encuentre con la interposicion de algun amparo.

Obvio se tiene la suspension a su favor, esta es una herramienta accesoria del juicio de amparo, pero a veces esto no se tramita, consiguieron un mal abogado, asi seguramente les ira en el juicio, veria muy dificil conseguir el amparo de la justicia.

Una vez realizada la sentencia, de negarse pues quiere decir que la ley no es violatoria de derechos, ni de la constitucion y es legal. El contribuyente debe proceder a cumplir la ley todo el tiempo de su vigencia.

Si la sentencia ofrece el amparo de la justicia al contribuyente, entonces hay que ver que agravios proceden serlos y se eliminan todas las obligaciones referentes a estas disposiciones. Pero posiblemente señale otras obligaciones que no procediesen ser lesivas a los derechos humanos por lo que procederia su cumplimiento

Existen otros casos donde es sobreseida la demanda, que no procede dirimirse sobre el asunto, no se acredito los agravios, personalidad
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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