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21/Dic/16 13:52
empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Hola buenas tardes,
Quisiera que me compartieran su opinión.
Acabo de tomar una empresa que inicio operaciónes 2016, pero no ha presentado ninguna declaración en todo el año, por lo que apenas se empezó a recabar la información.
La pregunta aquí es, me recomiendan presentar las declaraciones aunque sea en pagos referenciados, en lo que hacemos todo para contabilidad electrónica, y tratar de evitar las multas minimo de las obligaciones no presentadas?
 
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suherac
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21/Dic/16 17:21
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Primero dej ala Opinion de Cumplimiento Positivo (Presenta las Declaraciones aunque sea en cero) o baja todos los XML's Emitidos y Recibidos y Declara y Paga. En ambos casos se debe ajustar despues que se tengan los numeros reales. Despues ya subes la Contabilidad Electronica.

Editado: Diciembre 21, 2016 17:22:59
 
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rojasaltamirano
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21/Dic/16 20:15
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Ok RojasAltamirano,
Gracias por tu opinion.
Si yo creo que presentaré en el portal de pagos referenciados, y después voy cerrando meses correctos para contabilidad electronica.

Saludos y mil gracias
 
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suherac
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23/Dic/16 12:16
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Buen dia suherac:

el día de hoy 23/12/2016 salio publicada las resolución miscelanea para 2017, y en los transitorios esta el articulo trigésimo quinto

que dice

Trigésimo
Quinto. Para los efectos de las reglas I.2.8.6. y I.2.8.7., de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF 2014 publicada en el DOF el 4 de julio del 2014; 2.8.1.4. y 2.8.1.5. de la RMF para 2015 publicada en el DOF el 30 de diciembre de 2014; y 2.8.1.6. y 2.8.1.7. de la RMF para 2016 publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015 y sus respectivas modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 4 de julio, 19 de agosto, 16 de octubre, y 18 y 30 de diciembre de 2014; 3 de marzo, 14 de mayo, 29 de septiembre y 19 de noviembre, 23 de diciembre de 2015, 1 de abril y 6 de mayo de 2016, los contribuyentes que conforme a dichas reglas estuvieron obligados a llevar contabilidad y a ingresar su información contable a través del Portal del SAT y que a la fecha de entrada en vigor de la presente resolución no hayan enviado su información contable correspondiente a cualquiera de los periodos comprendidos del 1 de enero de 2015 al 31 de octubre de 2016, podrán enviar la información contable que corresponda al periodo de que se trate a más tardar el 30 de abril de 2017

pero que te sea de utilidad y traquilidad
 
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garciacharcas
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23/Dic/16 21:50
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Es correcto lo que señala el colega Garcia.....

Tiene usted el tiempo necesario para poder regularizar la contabilidad de su contribuyente, le recomiendo que baje del portal del contribuyente todos los XML, para que actualice la contabilidad y presente las declaraciones, ya que esta regla es solo para la contabilidad electrónica, mas no, para los PP, de la PM, por lo que podrida incurrir en multas por omisión,

saludos y felices fiestas
 
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alvadgelis
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23/Dic/16 22:49
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

Mil gracias por tomarse el tiempo de contestar.

Solo que ahora me encuentro con otro problema, todos los pagos que hicieron, los realizaron en efectivo, con un cheque sacaban todo el disponible en el banco....

Creo que contra eso, no podré deducir,...

Saludos y muy felices fiestas
 
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suherac
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25/Dic/16 20:49
Re: empresa muy atrasada en su contabilidad para lo electronico

¡Hola!!! Suherac:


Te recomiendo tengas en cuenta la Regla 2.1.28 de la Resolución Miscelánea Fiscal Vigente al hacer tus pagos provisionales.


¡Saludos!!!


Silvestre®


Editado: Diciembre 25, 2016 20:51:17
 
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Silvestre
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