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26/Oct/16 19:39
Expedicion de CFDI por anticipos

Buenas Tardes:

Somos una persona moral, del régimen general de ley. Nuestra actividad es sala de fiestas o salón de fiestas, Lo rentamos con todo el servicio incluido, instalaciones, banquete, bebidas mobiliario y personal.

Ejemplo:

dia 15 enero se presenta un cliente y solicita los servicios del salón para una boda el dia 31 de Julio, y realiza un pago de 5,000.00 al firmar el contrato.

el dia 30 de marzo realiza un pago de 10,000.00

el dia 30 de julio liquida su contrato con 15,000.00

El total del contrato es por 30,000.00

el dia 31 de julio se celebra la boda y se lleva a cabo la prestación del servicio.

Para cada pago que realiza, emitimos un cfdi por concepto de anticipo y al celebrarse el evento, emitimos una factura (cfdi) por el total del evento y como nota le agregamos que ya fue pagada con los cfdi y le anotamos el numero de folio del sat a de cada uno y su respectiva fecha de emisión.


Me comentaron que estoy duplicando los ingresos, porque debo emitir un comprobante global, pero restando los anticipos, y el comprobante global tendrá un total de CERO PESOS. En lo personal considero que en lugar de comprobante de la operación es un estado de cuenta.

cual seria la forma correcta de expedir los comprobantes?

En mi opinión debo hacer un comprobante global de la operación, pero también debo expedir uno por cada anticipo.

Cuando emito cada comprobante de los anticipos, los acumulo como ingresos y registro el IVA como efectivamente cobrado.

Contablemente esta registrado como anticipo de clientes y lo cancelo contra la factura global, pero la factura yo no la acumulo como ingreso ni como iva efectivamente cobrado.

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Elayale
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27/Oct/16 10:06
Re: Expedicion de CFDI por anticipos

Que tal Elayle

Te doy mi opinión sobre este tema que te esta generando algo de problemas en cuanto lo que mencionas.

Conforme al articulo 17 de la LISR señala en que fechas se obtienen los ingresos por lo que debes recurrir a la lectura de este numeral partiendo de ahí se trata de servicios a prestar
independientemente que te estén entregando pagos a cuenta del servicio que no son anticipos porque se conoce claramente el costo total definitivo por medio del contrato bueno en teoría así debe ser a menos que el cliente vaya incrementando su paquete durante el tiempo que paga en parcialidades que seria lo correcto o en su caso quitar algo al final según su presupuesto.

Entonces el servicio realmente se estaría prestando hasta 31 DE JULIO Y NO ANTES

Desde mi punto de vista sabiendo que solo hay 3 tipos de comprobantes fiscal debiste haber realizado uno en parcialidades hasta que obtengas el pago total ya que para efectos de la obtención real de ingresos realmente no se ha prestado el servicio sino hsta julio

Analízalo de esta forma y después vete al código f.f. artículos 29 y 29-a


Saludos
 
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FISCIVAN11
Sargento Primero

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