28/Jun/16 12:10
Re: trabajador pensoionado
En mi opinion si la pension es por cesantia y no supera los 65 años de edad, debe de suspenderse el pago de la pension. Pues su pension es porque supuesta no encontraba trabajo y al encontrarlo ya no merece dicha pension por este motivo, pues no se cumple el sito fundamental. Si pudiera luego pensionarse, cuando deje de cotizar y volver a meter el tramite.
Si la pendion fue por vejez, si pudiera trabajar, en un puesto distinto si fuese con el mismo patron o con patron distinto al ultimo de cuando se pensiono.
El patron que contrata a un trabajador, no tiene OPCION, le obliga la ley registrarlo tanto la LFT o la LSS. No debe interesarle si perjudica o apoya al trabajador. Es una obligacion y debe hacerlo asi de simple.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?