13/Jun/16 10:46
Re: REGLAS DE PRESENTACION DE ANTICIPOS DE ACTIVOS FIJOS
Buen día.
No aclaras algo muy importante, por lo que ALLENDE se va por la libre y opina que puedes iniciar con la depreciación.
En mi opinión, depende del tipo de activo fijo al que te refieras. Es decir, si diste un anticipo por un automovil y te expidieron el comprobante de este por el total, coincido con ALLENDE. Pero, en el caso de que ese activo fijo sea algo que con dicho anticipo se inicie su fabricación, elaboración o instalación, será hasta el momento de tener integrado al 100% el activo en que sea posible iniciar con su depreciación.
En el segundo supuesto, ejemplifiquemos con la equipación de una oficina en cuanto al equipo de aire acondicionado, se da un anticipo del 50% por el suministro de este, pero no se liquida sino hasta que este instalado y operando, es desde ese momento en que se iniciar su depreciación, supongamos lo mismo pasa en la compra de cierta maquinaria, dividido su pago en anticipos del 25%, y no es hasta el momento en que se tiene la maquinaria completa y armada cuando se inicia su depreciación.
¿A qué tipo de activo te refieres y que obtienes por el anticipo que comentas?