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04/May/16 16:33
DESTRUCCION DE ENVASES

HOLA BUENAS TARDES

CUANDO DEBO A EMPEZAR A INFORMAR SOBRE LA DESTRUCCION DE ENVASES DE BEBIDAS ALCOHOLICAS Y COMO SE INFORMA AL SAT?

SE QUE ES UN ESCRITO LIBRE ( FORMA IEPS8)
PERO NO SE LA PRESENTACION SI ES MENSUAL,SEMANA Y APARTIR DE CUANDO.GRACIAS.
 
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obrejal
Cabo

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21/May/16 20:22
Re: DESTRUCCION DE ENVASES

Se presenta en escrito libre,
Artículo 17. Para los efectos del artículo 19, fracción XVIII de la Ley, los contribuyentes podrán optar por destruir los envases vacíos de bebidas alcohólicas, de manera semanal, debiendo realizar la destrucción el mismo día de cada semana.
Los contribuyentes que opten por lo dispuesto en este artículo, deberán raspar la etiqueta, la contraetiqueta y el marbete, que estén adheridos a los envases vacíos que se vayan a destruir, en el momento en que se cierren las operaciones del día, registrando el número de folio de los marbetes que
se raspen.
Asimismo, los contribuyentes que ejerzan la opción a que se refiere este artículo, deberán conservar y, en su caso, proporcionar a las autoridades fiscales cuando éstas así lo requieran, la información que corresponda al número de envases destruidos, así como al número de folio de los marbetes que hayan sido raspados.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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