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20/Abr/16 13:51
Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Hola buen dia, reciban un saludo todos.

Quisiera que me pudieran dar su apoyo y comentarios respecto a un requerimiento que recibió un cliente mio (PF con Actividad Empresarial y Profesional) un doctor, por que me robaron la laptop y no se presentó a tiempo la declaración de Enero 2016.... Cuando obtuve otra yo presenté la declaración el día 14 de marzo de 2016, el día 15 de marzo, a el le llegó un notificador del SAT y le entregó un requerimiento por las obligaciones no presentadas (ISR por actividad profesional y retencion de ISR por sueldos y salarios).

En el caso yo presente una aclaracion ya que la declaración la presenté un día antes de que fuera notificado y entregado el requeriento a mi cliente, por lo tanto fue a mi forma de ver una presentación espontánea, bueno, yo explique eso en mi aclaración, y el día de hoy obtengo una respuesta negativa y otra positiva, por lo que necesito me apoyen en ver de que forma puedo apelar o hacer algo al respecto...

Como todos saben el SAT al momento de generar el acuse de envio de una declaración le linea de captura tiene una fecha de vencimiento, en este caso la presente el dia 14 y vencia el 28 de marzo. El ISR por actividad profesional salió en ceros, y el de rentención por sueldo y salarios si tenía un saldo a pagar, y el cliente pagó esa obligación el día 17 de marzo, 2 dias despues del requerimiento, pero como repito el acuse de esa declaración se generó el dia 14 y la linea de captura vencia hasta el 28...

En la respuesta de la aclaración que entregue me responde lo siguiente que copio aqui textualmente

[/quote]En atención a su aclaración se le informa que derivado de la revisión a los sistemas electrónicos Institucionales del Servicio de Administración Tributaria, se halló que en el requerimiento de obligaciones omitidas el día 15 de marzo de 2016, le fueron solicitadas las siguientes obligaciones por el periodo de enero de 2016: Impuesto Sobre la Renta por Servicios Profesionales y retenciones del Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios, hallándose que con fecha 17 de marzo de 2016 se encuentra registrada la presentación de la obligación del retenciones del Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios por el periodo de enero de 2016. Sobre la base de lo anterior, se le comunica que aun y cuando a la fecha ya cumplió con la presentación de la obligación en comento, dicha presentación fue posterior a la notificación del requerimiento obligaciones, por lo que no puede ser considerada como espontánea, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 73 del Código Fiscal de la Federación, haciéndose acreedor a la multa por la presentación extemporánea a requerimiento de autoridad según lo establece el Código Fiscal de la Federación en sus artículos 81 fracción I y 82 fracción I inciso a), la cual próximamente esta Autoridad le hará llegar. Así mismo, se halló que el día 14 de marzo de 2016, se encuentra registrada la presentación de la obligación del Impuesto Sobre la Renta por Servicios Profesionales por el periodo de enero de 2016. Sobre la base de lo anterior, se le comunica que dado que el cumplimiento de esta última obligación fiscal, se sitúa en los supuestos del artículo 73 del Código Fiscal de la Federación; se da por solventado el requerimiento en mención. Así mismo, se le invita a cumplir en tiempo y forma con las obligaciones que tiene registradas, a fin de evitar futuras molestias.[quote]


Según entiendo me dice que la de ISR por retenciones de sueldos y salarios si me va a generar una multa, por haberse segun ellos presentado el día 17 (vuelvo a mencionar el 14 se presento teniendo fecha limite de pago el 28, pero se pago el dia 17) y me exhime de multa del ISR por sueldos y salarios porque esa obligacion salio en ceros.

Es posible esto? o hay alguna forma de apelar a esa respuesta?

Cabe mencionar que nunca me habian mandado un requerimiento por 1 mes de atraso, sobre todo en una PF, ya que siempre va al corriente, y en este caso se retraso por el robo de mi laptop, de hecho tengo un cliente que no ha declarado nada de 2015 y solo llegan invitaciones via e-mail, pero ningun requerimiento a la fecha.

Les agradecere mucho sus aportaciones y experiencias personales
 
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rublag
Soldado

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20/Abr/16 14:10
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

¡Hola!!! Rublag:

Estimado, a su cliente el Doc le tocó bailar con la fea. Su cliente sí está obligado a pagar la Multa por la Retención de ISR por Sueldos y Salarios, máxime que es un impuesto retenido que en caso de negativa puede ir hasta la cárcel.

Pero, usted, menciona que el Doctor es un Contribuyente Cumplido y que es la primera vez que sucede esta situación, entonces, el Doctor puede acudir la Administración de Asistencia al Contribuyente del SAT a solicitar de manera cordial y amistosa una reducción de dicha multa, una vez que tenga en la mano la multa, la declaración y el pago del impuesto.

Espero le sirva mi comentario.


¡Saludos!!!

Silvestre®






Editado: Abril 20, 2016 14:12:58
 
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Silvestre
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20/Abr/16 14:33
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Buenas tardes:

La declaración de enero la tuvo que presentar el 17 de febrero y pagarla

Si la presento el 14 de marzo y no la pago ese mismo día y al día siguiente le requieren, claro que procede la multa.

el vencimiento en la línea de captura no nos da más tiempo para pagar


Espero le sirva mi comentario
 
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JABUS
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21/Abr/16 18:30
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Buena tarde Jabus,

La autoridad esta en todo su derecho de cobrarte la multa, como comentan los compañeros
la declaracion se da por presentada hasta que se realiza el pago, con excepcion de que te salga a pagar 0.


Saludos!!!

Editado: Abril 21, 2016 18:31:43
 
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CARLOS1
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22/Abr/16 11:02
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Hola:

En efecto, lo mismo opino yo


Saludos
 
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JABUS
Teniente

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22/Abr/16 11:54
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Muchas gracias a todos por sus aportaciones, y pues como dice mi estimado Silvestre pues si al final le toco bailar con la mas fea.... me queda claro sus comentarios...

Gracias nuevamente y saludos para todos....
 
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rublag
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02/May/16 14:14
Re: Requerimiento por Obligaciones no Presentadas

Desde el caribe, caray mi buen amigo silver, un buen abogado de la PRODECON ganaria con la mano en la cintura el caso, es de risa, porque a la pobre colega la mandaron en forma literal y unanime con la mas fea, cuando el caso no tiene nada de eso, porque no es lo mismo premiar o no premiar el 73 del codigo fiscal.

saluditos
 
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pacatelas
Capitán Segundo

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