PF actividad empresarial y profesional con sueldos e intereses tuvo perdida en 2014 por 20000
y sus intereses reales en 2015 son de 14000 ¿es correcto anotar perdida en el apartado de interese en la pestaña de perdidas?
Gracias por su atención
No mencionas si la perdida del 2014 por 20,000 es por ingresos de Intereses (es diferente la perdida de PF act empre y serv prof y la de intereses).
De ser afirmativa tu respuesta, si se captura pero no en la informacion del ejercicio 2015, hay un recuadro al final de la captura de intereses (los datos del ejercicio por intereses), al final de la pantalla. Tienes 5 años para poderla aplicar.
Te copio el 5o parrafo del art 134 de LISR:
Cuando el ajuste por inflación a que se refiere este precepto sea mayor que los intereses obtenidos, el resultado se considerará como pérdida. La pérdida se podrá disminuir de los demás ingresos obtenidos en el ejercicio, excepto de aquéllos a que se refieren los Capítulos I y II de este Título. La parte de la pérdida que no se hubiese podido disminuir en el ejercicio, se podrá aplicar, en los cinco ejercicios siguientes hasta agotarla, actualizada desde el último mes del ejercicio en el que ocurrió y hasta el último mes del ejercicio en el que aplique o desde que se actualizó por última vez y hasta el último mes del ejercicio en el que se aplique, según corresponda.