15/Abr/16 18:11
Re: duda sobre modificacion a mi manera de facturar a mis clientes
fiscalito2010, buenas tardes.
Te recomiendo leer los artículos 14 y 17 del Código Fiscal de la Federación. Así también los artículos 16 y 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
En especial el artículo 17.
Que en su Fracción primera dice:
I. Enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando se de cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero:
a) Se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada.
b) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio.
c) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provengan de anticipos.
Como puedes darte cuenta el Artículo 17 hace mención de en que momentos se percibe el ingreso y es él cuando debes de acumularlo.
Ahora, es muy importante que tu contador te aclaré cual es la disposición a la que hace mención pues estaríamos hablando de una disposición anticonstitucional y violatoria al Derecho Fiscal al hacer que tributes dos veces el mismo impuesto y por la misma razón.
Creo que están confundidos entre el ISR y el IVA, pues mientras el ISR se calcula sobre Ingresos Nominales (Lo facturado) y el IVA es sobre el flujo (cobranza y recuperación de cartera).
Además, esta situación puede llevarte a un problema mercantil y comercial ya que las empresas del sector automotriz tienen políticas muy estrictas sobre como hacer la entrega de bienes y/o servicios. Y si en ellas menciona que debe de ser con el CFDI impreso. Así es como ha de ser.
En espera de que mi comentario sea de tu utilidad.
Saludos cordiales.
Editado: Abril 15, 2016 18:12:38