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13/Abr/16 18:35
PERSONA FISICA CON OBLIGACIONES DESDE 2001

Estimados

Una persona fisica que obtiene solo ingresos por sueldos, segun ella de toda la vida, solicita su fiel (para presentar su anual de sueldos por primera vez tiene intereses reales por casa) y al entrar se topa con la sorpresa de que desde 2001 tuvo actividad en regimen profesional y empresarial. Esta persona es empleada de una tienda dice no saber nada al respecto, me ofrecí a ayudarla y quiero compartir con uds la posible solución y dejando abiertas las sugerencias que a bien gusten dar.

- Independientemente de quien haya dado de alta la obligacion o la haya inscrito al sat ya se con dolo o por error ella tiene obligaciones ante la autoridad.
- La solucion que visualizo seria presentar en ceros las obligaciones de declaraciones periodicas y anuales e informativas de los ultimos 5 años por aquello de las facultades del sat.
- Acudió al sat y no pueden dar la baja de la obligación hasta cumplir con las obligaciones.
- Que sugieren uds?


saludos y gracias
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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13/Abr/16 18:53
Re: PERSONA FISICA CON OBLIGACIONES DESDE 2001

¡Hola!!!

- ¿Que sugieren uds?


aa) Revisar el Repositorio Fiscal de CFDi Emitidos y Recibidos desde 2012 a la fecha de hoy.

bb) Revisar el Expediente Integral del Contribuyente.

cc) Solicitar una opinión de cumplimiento del SAT.

dd) Cumplir con las obligaciones inmediatamente.


¡Saludos!!!


Silvestre®


Editado: Abril 13, 2016 18:54:03
 
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Silvestre
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14/Abr/16 12:37
Re: PERSONA FISICA CON OBLIGACIONES DESDE 2001

En este tenor entonces lo ideal es atender lo dispuesto en cff 67 y presentar delcaraciones en ceros de 2005 a 2015? tanto mensuales anuales e informativas. y luego presnetar la baja de la obligacion.

Que opinan? saludos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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14/Abr/16 22:46
Re: PERSONA FISICA CON OBLIGACIONES DESDE 2001

Tanto asi como que desde 2005 hasta la fecha no creo, salvo que hubiere algún crédito fiscal firme en contra del contribuyente y que los plazos de prescripción se hayan extendido.

Las facultades de la autoridad tienen un plazo de 5 años, [art. 30 CFF, tiempo que se tiene la obligación de conservar la contabilidad], por lo que en ese plazo es el tiempo en el que preescriben [art 144 CFF] (salvo que hubiere alguna situación que haya interrumpido este plazo y se haya extendido hasta diez años). Hoy por hoy en el primer supuesto están vigentes las obligaciones de 2011 a 2015.

Por lo que consideraría presentar estos años, a reserva de verificar la interrupción de plazos previstos en el artículo 144.

Saludos
 
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marasacp
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