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12/Abr/16 17:08
Constancias retenciones o CFDI

Buenas tardes

Tengo la duda siguiente esperando sus respuestas y opiniones.

si una persona moral te retiene ISR E IVA me tiene que expedir una constancia de retenciones o con solo el CFDI que yo le haya expedido, yo soy persona fisica del regimen de actividad empresarial y profesional (profesional) ya que en los pagos provionales y anual he tenido saldo a favor por exceso de las retenciones que me hacen las personas morales, por eso quisiera saber si es necesario tener la constancia de retenciones o solo con los CFDI para solicitar la devolucion de ISR no es mucho lo que salio a favor $ 5,300.00

Gracias y saludos
 
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Regino
Sargento Primero

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20/May/16 12:42
Re: Constancias retenciones o CFDI

Buenos dias Regino


Aunque ya no hay obligación de entregarla….de acuerdo a lo que dice el SAT:

DE PREGUNTAS FRECUENTES AL SAT:
5. ¿Las personas morales deben proporcionar constancia de retenciones del ISR
e IVA cuando pagan renta de bienes inmuebles o servicios profesionales a
personas físicas que emitieron facturas electrónicas?
No;
Pueden dejar de proporcionar esa constancia cuando la persona física expida una
Factura Electrónica con el monto de los impuestos retenidos. Dicha factura se
considera una constancia de retención.

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F.,
c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx
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Regino
FUNDAMENTO LEGAL
Fundamento legal: Artículo 1.13 del Decreto que compila diversos beneficios fiscales y
establece medidas de simplificación administrativa publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 26 de diciembre del 2013.


CFDI como constancia de retención de IVA en servicios de autotransporte de carga federal
I.2.7.1.29. Para los efectos de los artículos 29 del CFF y 1-A, fracción II, inciso c), en relación con el 32, fracción V de la Ley del IVA, el CFDI que emita el prestador del servicio en donde conste el monto del IVA retenido por la persona moral, podrá también considerarse como constancia de retenciones de dicho impuesto.
CFF 29, LIVA 1-A, 32
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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