11/Abr/16 16:43
Re: PRESENTACION EXTEMPORANEA DE LA DECLARACION DE RIESGO DE TRABAJO
Buenas tardes:
Le copio los artículos de la ley del seguro social que hacen alusión al respecto:
Artículo 304 A. Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
XV. No presentar la revisión anual obligatoria de su siniestralidad y determinación de la prima del seguro de riesgos de trabajo o hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos,en relación con el periodo y plazos señalados en el reglamento correspondiente. No se impondrá multa a los patrones por la no presentación de los formularios de determinación de la prima del seguro antes mencionado cuando ésta resulte igual a la del ejercicio anterior;
Artículo 304 B. Las infracciones señaladas en el artículo anterior, se sancionarán considerando la gravedad, condiciones particulares del infractor y en su caso la reincidencia, en la forma siguiente:
III. Las previstas en las fracciones VI, IX y XV con multa equivalente al importe de veinte a
doscientas diez veces el salario mínimo diario general vigente en el Distrito Federal, y
Artículo 304 C. No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones patronales fuera de los plazos señalados por la Ley o cuando se haya incurrido en infracción por caso fortuito o fuerza mayor. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:
I. La omisión sea descubierta por el Instituto;
II. La omisión haya sido corregida por el patrón después de que el Instituto hubiere notificado
una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión
notificada por el mismo, tendientes a la comprobación del cumplimiento de sus obligaciones
en materia de seguridad social, y
III. La omisión haya sido corregida por el patrón con posterioridad a los 15 días siguientes a la
presentación del dictamen por contador público autorizado ante el Instituto, respecto de actos
u omisiones en que hubiere incurrido y que se observen en el dictamen.
Espero le sirva