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07/Abr/16 07:28
HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Buenos días a todos los del foro, una pregunta , una persona del régimen general de ley, puede expedir facturas por concepto de honorarios profesionales únicamente desglosando el iva sin las retenciones del 10% de isr y de las dos terceras partes del iva?
Debería cambiar el concepto, asesoría por ejemplo para que no se le retuvieran dichos impuestos. Esta factura se emite a otra persona moral del mismo régimen. Mi pregunta, es correcto que solo desglose el iva con ese concepto?
De antemano les doy las gracias por sus comentarios al respecto.
 
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maren
Soldado

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07/Abr/16 15:25
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Buen dia Maren


Tratandose de persona moral que presta servicios a otra persona moral no procede hacer retenciones de ISR asi como tampoco de IVA.

No obstante, hay que revisar el objeto social de la empresa para ver si puede prestar servicios profesionales (asi como si fuera un despacho de contadores, abogados, etc).

Y por el 'título' del comprobante, éste no afecta, tenemos la costumbre de llamarle recibo de honorarios a quien presta servicios profesionales independientes (ya sean personas físicas o SC's), recibo de arrendamiento a quien no renta un local/habitación. Y facturas cuando las emiten las empresas (SA y SdRL).

Hoy por hoy , se emiten CFDI's, y como comentaba, el titulo se lo damos nosotros dependiendo de quien lo expida.

Saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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07/Abr/16 16:00
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Maren, buenas tardes, si el objeto comercial de la persona física es solamente la prestación de servicios profesionales de conformidad al Título IV, Capítulo II, Artículo 106 en su último párrafo cuando se mencionan las retenciones la frase clave es: La persona moral deberá.
La legislación no obliga a la persona física prestadora del servicio, esta obligando a la persona moral a realizar dicha retención de ISR y por tanto la retención de las 3/4 partes del IVA.

Ahora bien, si tu caso involucra a una persona moral (sociedad mercantil con fines de lucro) no tiene por que realizar las citadas retenciones.

Te comento que, aun y cuando existe aun la actividad empresarial y bajo este concepto se presté un se tienen que efectuar las retenciones pertinentes por estar en el mismo Capítulo y Título.

Recordemos que Actividad Empresarial y Servicios Profesionales se fusionaron para dar origen al Régimen General de Ley de las Personas Físicas.

En espera de que mi comentario te sea de utilidad.

Saludos cordiales.
 
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RIzquierdo
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08/Abr/16 08:00
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Gracias marasacp y RIzquierdo por sus comentarios, me sirvieron de mucho. Saludos
 
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maren
Soldado

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18/Abr/16 18:02
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

HOLA BUENAS TARDES

CONFORME A ESTO, YO RECIBI UNA CFDI DE UNA PERSONA FISICA CON ACT EMPRESARIAL,SIN RETENCIONES DE ISR E IVA, SIENDO YO PERSONA MORAL, LA LEY ME OBLIGA AMI A EFECTUAR LA RETENCION, ¿ PUEDO HACER YO LA RETENCION CONTABLEMENTE Y ENTERARLO SIN MODIFICAR LA FACTURA? DEBO INFORMARLE A LA PERSONA FISICA? COMO DEBO PROCEDER.

GRACIAS Y BUEN DIA.
 
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obrejal
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18/Abr/16 18:22
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Hola Obrejal,

Va a depender de el concepto por el que te hayan expedido el CFDI, si es un SERVICIO PROFESIONAL (contadores, abogados, etc), te deben de cambiar el CFDI para que se indique el importe de las retenciones, ya que de lo contrario, ADEMAS DE QUE ERES RESPONSABLE SOLIDARIO POR AL RETENCION Y ENTERO (PAGO) DEL IMPUESTO, SERA UN GASTO NO DEDUCIBLE.

Si el CFDI ampara una actividad empresarial (acto de comercio), no procede la retención. Un acto de comercio es, por ejemplo, la revisión de tu equipo de cómputo, la instalación de tu sistema de voz y datos (telefonía), una actividad en para la que no es requerido un título profesional.

Saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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18/Abr/16 18:25
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

obrejal:

Buenas tardes, mi punto de vista es que tu debes de informarle a la persona física que tiene que hacerte el canje de ese CFDI pues estas generando un gasto 'no deducible' al no efectuar las retenciones.
Puedes tu realizar las retenciones y emitir la constancia correspondiente. Si puedes la Ley de ampara. Pero aun y cuando tu realices esas retenciones. El comprobante recibido sigue generando un 'un gasto no deducible' pues no reúne el requisito de hacer mención de las retenciones.

En espera de que mi comentario sea de tu utilidad.

Saludos cordiales.
 
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RIzquierdo
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18/Abr/16 19:04
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

Pues la factura dice :

levantamiento,calculo y dibujo del campo,ubicacion de construccion , niveles del area y estacionamiento y poligono en general.
 
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obrejal
Cabo

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19/Abr/16 08:21
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

obrejal

Buenos días, a grosso modo entiendo que es un servicio de ingeniería, arquitectura o peritaje. Ya que en ningún momento se habla de la transferencia de propiedad de un bien.
 
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RIzquierdo
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19/Abr/16 19:26
Re: HONORARIOS PROFESIONALES SIN RETENCIONES DE ISR E IVA

MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS

LLEGUE A LA CONCLUSION QUE DEBO CAMBIAR MI CFDI, PARA QUE SEA UN GASTOS DEDUCIBLE, YA QUE LA LEY ME OBLIGA A MI COMO PERSONA MORAL A EFECTUAR LA RETENCION DEL ISR E IVA. GRACIAS Y BUEN DIA.
 
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obrejal
Cabo

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