21/Feb/16 11:34
Re: Sabritas a la tasa 0%?
Hola sosaarceo.
Sera por esto:
ARTÍCULO 2.-A.-
El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0% a los valores a que se
refiere esta Ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
b) Medicinas de patente
y productos destinados a la alimentación
Ademas en las exepciones, no menciona 'fritangas' (omision o laguna en la ley)
debe aplicar la tasa de 16%.
Los productos son:
Sándwiches o emparedados, cualquiera que sea su denominación.
Tortas o lonches, incluyendo las denominadas chapatas, pepitos, baguettes, paninis o subs.
Gorditas, quesadillas, tacos o flautas, incluyendo las denominadas sincronizadas o gringas.
Burritos y envueltos, inclusive los denominados rollos y wraps.
Croissants, incluyendo los denominados cuernitos.
Bakes, empanadas o volovanes.
Pizzas, incluyendo la denominada focaccia.
Guisos, incluyendo las denominadas discadas.
Perritos calientes (hot dogs) y banderillas.
Hot cakes.
Alitas.
Molletes.
Hamburguesas.
Bocadillos (snacks).
Sushi.
Tamales.
Sopas Instantáneas.
Nachos.
http://www.sat.gob.mx/sala_prensa/comunicados_nacionales/Paginas/com2015_074.aspx
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.