19/Feb/16 14:49
Re: Artículo 16 Fracc. IV de la LIF para 2015 y 2016
en el sat encontré esta información sobre el 3/LIF
Aviso que presentan los contribuyentes manifestando la aplicación de un estímulo fiscal que se otorga a los que adquieran diésel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga
¿Quiénes lo presentan?
Personas físicas y morales que adquieran diésel para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público y privado de personas o de carga.
¿Dónde se presenta?
En la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal, se atiende preferentemente con cita.
¿Qué documento se obtiene?
Escrito libre sellado como acuse de recibo.
¿Cuándo se presenta?
Cuando se dé el supuesto.
Requisitos:
• Escrito libre. (por duplicado)
• Original y fotocopia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o representante legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el Apartado de Definiciones de este Anexo. (original para cotejo)
• En caso de representación legal, copia certificada y copia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder en original y fotocopia firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario u otro Fedatario Público. (copia certificada u original para cotejo)
Disposiciones jurídicas aplicables
Arts. 16 LIF, 25 CFF, Regla 9.5.RMF.
Parece ser que este estimulo fiscal se tiene que presentar directamente y con la documentación que están solicitando, en caso contrario que encuentren algo mas por favor avisen para tomar cartas en el asunto.