alguien que me pueda ayudar, tengo la siguiente duda .- Usare la deducción anticipada en declaración anual para una Persona moral.
Debo hacer un escrito? es libre ? y donde debo presentarlo si la respuesta fuera si
De antemano agradezco el apoyo que me puedan brindar.
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16/Feb/16 13:29
Re: DEDUCCION INMENDIATA
Hola buen día, ojo con lo dispuesto por el artículo tercero frac II penúltimo párrafo de las disposiciones de vigencia temporal de la LISR, publicadas el 18 de Noviembre de 2015.
Se deberá llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la deducción inmediata en los términos previstos en esta fracción, anotando los datos de la documentación comprobatoria que las respalde y describiendo en el mismo el tipo de bien de que se trate, el por ciento que para efectos de la deducción le correspondió, el ejercicio en el que se aplicó la deducción y la fecha en la que el bien se dé de baja en los activos del contribuyente.