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15/Feb/16 18:09
Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Buenas tardes.
Actualmente soy asalariado, pero pretendo dar clases en una universidad donde me piden que me de de alta ante el SAT en el régimen fiscal de Honorarios.
Afecta en algo el hecho de que soy asalariado? Cada año presento una solicitud de devolución. Ahora voy a llevar una contabilidad aparte? Me afecta en algo?
Agradezco de antemano sus comentarios.
 
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nardorou
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16/Feb/16 11:50
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Que tal

No te afecta ser asalariado siempre y cuando solo hagas un aumento de obligaciones, pero ya no podrás solicitar devolución como asalariado, al tener dos actividades pasarías al régimen de personas físicas con actividad empresarial y profesional, por lo cual estas obligado a presentar declaraciones y pagar impuestos, pero claro al final del ejercicio puedes optar por solicitar devolución o compensación de tus saldos a favor.


saludos
 
“Todos los días del afligido son malos; pero el que es bueno de corazón tiene un banquete constantemente” (Proverbios 15:15).
 
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cpeduardoreyes
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16/Feb/16 14:40
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Gracias por su pronta respuesta.
En su opinión, es conveniente hacer ese incremento de obligaciones? y pasar al régimen de persona física con actividad empresarial?
Actualmente compruebo unos $18,000 pesos para la devolución de impuestos, como asalariado.

Conoce alguna estrategia fiscal para no dejar de percibir ese importe por concepto de devolución de impuestos?
Que conceptos puedo deducir de impuestos como persona física con actividad empresarial bajo el régimen de honorarios?

Gracias nuevamente..
 
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nardorou
Soldado

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16/Feb/16 18:01
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Nardou al parecer no tienes opción ya que la Universidad te pedirá que les emitas CFDIs por tus servicios

Aun cambiando de regimen puedes deducir todos aquellos gastos necesarios para que realices tu actividad Art 103 LISR, recuerda que debes pagar con tarjeta, cheque o transferencia los gastos mayores a $2,000.00

Hay tres elementos que ayudan a determinar cuándo un gasto es estrictamente indispensable:
1)Si está relacionado con tu actividad o negocio.
2)Si es necesario para alcanzar los fines de tu actividad o negocio.
3)Si de no producirse puede afectar tu actividad o la del negocio o entorpecer su normal desarrollo.

A parte puedes deducir en tu declaración anual tus deducciones personales, aquí te dejo los montos máximos de este rubro:
http://www.sat.gob.mx/HaciendaTeDevuelve/Paginas/quepuedodeducir.html


Espero poder ayudar un poco saludos!
 
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cpeduardoreyes
Sargento Primero

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16/Feb/16 19:55
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Gracias nuevamente.

Me queda muy claro.
 
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nardorou
Soldado

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13/Abr/16 14:41
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

PORQUE NO PIDES A LA ESCUELA QUE LOS PAGOS TE LO ASIMILEN A SALARIOS, ASI NO TENDRAS QUE DECLARAR MENSUALMENTE, NI LEVAR CONTABILIDAD.

LA ESCUELA TE DEBERA TIMBRAR TU RECIBO.
 
LA IGNORANCIA TERMINA AL HACERNOS AMIGOS DEL CONOCIMIENTO
 
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ARMANDOCAAMAL
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13/Abr/16 17:55
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

ARMANDOCAAMAL

No creo que todas las Universidades ofrezcan la opción de asimilar los honorarios de los catedráticos. Opción que sería de mucha ayuda claro y se evita la emisión de un CFDI, controles de gastos, etc.

Nardorou además si tienes vehículo propio para trasladarte a la Universidad a impartir tus cátedras ese combustible tienes que pagarlo con cheque nominativo, transferencia de fondos o tarjeta de débito/crédito.

Ahora, una estrategia para lo que solicitas no hay. Lo que si hay son las opciones siguientes.
1.- La Universidad esta obligada por los ordenamientos fiscales a realizar la retención de ISR e IVA. De ISR el 10% y de IVA las 2/3 partes del impuesto.
2.- Con estas dos premisas y un control de los gastos relativos a la actividad de honorarios. Tus pagos mensuales de impuestos por esta actividad podrían ser muy pequeños o resultar saldo a favor (para estos no se toman en cuenta los ingresos por sueldos).
3.- Al momento de realizar la anual del ejercicio 2016 en 2017 con la información expuesta podrías tener una cantidad mayor en tu devolución o menor.

En espera de que mi comentario te sea de utilidad.

Saludos cordiales.
 
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RIzquierdo
Subteniente

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14/Abr/16 23:24
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Nardorou,

Adicionalmente a lo que comentan los compañeros, hay que considerar que para la declaración anual se tienen que considerar los ingresos de los dos regímenes, es decir sumarlos.

Esto puede llevar a que se tenga que pagar un poco más de impuestos o bien que el saldo a favor se vea disminuido de manera importante, ya que no es lo mismo el impuestos de dos ingresos de 3 pesos, a un impuesto de un ingreso de 6 pesos.

Lo que se pague de impuestos por salarios, adicionado a lo que se pague de impuestos por los ingresos de la universidad, es probable, que no sea suficiente para cubrir el impuesto del ejercicio, ya que casi seguramente (aunque no puedo afirmarlos sin tener números) hará que se pague una tasa distinta de impuesto, haciendo que se tenga que pagar un complemento de impuestos

Ejemplo:

Si el ingreso gravable anual por sueldos es de 216,000 (18,000*12), la tasa que se paga es del 21.36%

Si el ingreso gravable anual por honorarios es de 100,000, la tasa que se paga es del 16%

Pero a nivel anual, el ingreso gravable de los dos regímenes es de 316,000, implicando una tasa del 23.52%, por lo que al ingreso de sueldos le falta pagar una diferencia de 2.16%, mientras que para el ingreso de honorarios le falta pagar una tasa del 7.52%.

Esta situación no es prevista muchas veces y la gente no llega a comprender que pasa a final del año.

Saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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15/Jun/16 00:05
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Buenas noches...
Aprovechando este foro ojala me puedan ayudar con esta duda..
yo percibo salarios y tambien expido CFDI por honorarios, lo que percibo de salarios lo invierto en mis activiades por salarios, al momento de hacer mi declaracion mensual de iva siempre de resulta saldo a favor, puedo solicitar en decolucion ese iva a favor, aunque algunos de los gastos realizados se pagan con mis ingresos por salarios??

Espero sus amables comentarios
 
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KarlaDuran
Soldado

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16/Jun/16 10:45
Re: Contabilidad en 2 Regimenes fiscales

Buenos dias KarlaDuran
El inconveniente esta: no puedes tener mas gastos que ingresos, en tu actividad por la cual eres causante de IVA.
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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