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12/Feb/16 20:34
Aseguradora Perdida Total

Muy buenas tardes estoy un poco desesperado.

Hace algunos meses tuve un accidente bastante fuerte y mi carro fue perdida total.

El problema es que el coche tiene un valor por encima de 250,000.00 pesos según el libro azul, pero hace poco fue un cambio que hace que tenga que pagar el 20% de ISR lo cual me afectaría bastante ya que este no debería de ser algo que me generara mas de lo que ya me genero de perdidas. Llevo meses peleándome con el seguro ya que mi accidente y todo fue antes que esto procediera y aun no me quieren resolver nada y de hecho quieren que la cantidad que yo me quede aun sea peor por que excedo la cantidad de muchas cosas según ellos pero a este momento ya llevo mas de 4 meses sin recibir un solo centavo de ellos y eso que yo hice un pago completo por mi seguro.

Creo que necesito un poco de ayuda y por eso me sume a este circulo de conocedores.

Agradecería cualesquier asesore al respecto.

SOLO quiero saber ya perdí ademas de lo del libro azul otro 20% obligatoria mente?
 
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roddry
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12/Feb/16 20:46
Re: Aseguradora Perdida Total

Importante: Conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta, en su Artículo 126 párrafo 4 y 5, en caso de que el importe de la transmisión de la propiedad, sea igual o mayor a $227,400 M.N., se realizará una retención del 20% sobre el importe de la transmisión al momento de la indemnización de la Pérdida Total.
 
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roddry
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15/Feb/16 13:06
Re: Aseguradora Perdida Total

alguien que me pueda apoyar con este tema?
 
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roddry
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15/Feb/16 14:00
Re: Aseguradora Perdida Total

Debes separar los asuntos de este tema:

1.- Es el valor por el desacuerdo de tu indemnización por el siniestro, si es con libro azul o el procedimiento que refiera la aseguradora. Este asunto se trata con la aseguradora o en su caso en la CONDUSEF o alguna dependencia que apoye a la conciliación por estas situaciones.

2.- El relativo a deducir el automóvil. Este asunto es sencillo. Lo que tenías pendiente de deducir pasa a ser el costo de ventas de tu vehículo el cual pudiera ser actualizable por medio de la inflación. Este valor radica en lo que todavía no se ha logrado depreciar para los fines fiscales. Y el problema es que no se permite en LISR deducir el costo de venta en declaración anual, pero si acumular o deducir según sea el caso, la ganancia o la perdida fiscal por este evento.

Tendrás un ingreso, la indemnización.... lo que se entregue le deduces el costo fiscal actualizado y el resultado procederá en ser acumulable o deducible, después de confrontar ambas cifras.

saludos y espero haberte aclarado tus dudas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Feb/16 22:18
Re: Aseguradora Perdida Total

Tendrias que pedirle a la aseguradora que te separe

El importe por concepto de indemnizacion

El importe por concepto del salvamento del vehiculo

y tendras tambien la opcion de presentar declaracion anual para recuperar una parte de ese 20% que te retienen.
 
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CHOMPITAS
Sargento Segundo

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17/Feb/16 10:38
Re: Aseguradora Perdida Total

Hola buen día, tambien hay que tomar en cuenta ( si es que te aplica ) lo que dispone la siguiente regla de la RMF

.Opción para los adquirentes de vehículos de no efectuar la retención del ISR
3.15.7. Para los efectos del artículo 126, cuarto y quinto párrafos de la Ley del ISR, los adquirentes de vehículos, podrán no efectuar la retención a que se refiere el artículo citado, aun cuando el monto de la operación sea superior a $227,400.00 (Doscientos veintisiete mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.), siempre que la diferencia entre el ingreso obtenido por la enajenación del vehículo y el costo de adquisición de dicho vehículo determinado y actualizado en los términos del artículo 124, segundo párrafo de la Ley del ISR, no exceda del límite establecido en el artículo 93, fracción XIX, inciso b) de la Ley del ISR.
Tratándose de los contribuyentes que hubiesen ejercido la opción establecida en la regla 3.15.2., los adquirentes de los vehículos usados, determinarán el costo de adquisición, sin aplicar la disminución del 20% anual, por cada año transcurrido entre la fecha de adquisición y la de enajenación, ni la actualización a que se refiere el segundo párrafo del artículo 124 de la Ley del ISR.
Lo dispuesto en esta regla será aplicable cuando el enajenante del vehículo, manifieste por escrito al adquirente que no obtiene ingresos por las actividades empresariales o profesionales a que se refiere el Capítulo II, del Título IV de la Ley del ISR y el adquirente presente ante el SAT en el mes de enero siguiente al ejercicio fiscal de que se trate, la información correspondiente al nombre, clave en el RFC y domicilio del vendedor del vehículo, la fecha de adquisición del vehículo por parte del enajenante, el costo de adquisición, el costo de adquisición actualizado a la fecha de venta, la fecha de operación de venta, el monto de la operación, el año modelo, la marca y la versión del automóvil, de cada una de las operaciones realizadas durante el ejercicio fiscal de que se trate.
Los adquirentes de vehículos usados que hayan determinado el costo de adquisición en términos de la regla 3.15.2., presentarán la información a que se refiere el párrafo anterior, salvo la que se refiere al costo de adquisición actualizado a la fecha de venta.
LISR 93, 124, 126, RMF 2016 3.15.2.

Salu2
 
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grupoimper
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09/May/18 14:01
Re: Aseguradora Perdida Total

Hola, tengo el mismo problema amigos, me pudieras decir en que forma concluyo tu situación ? tengo un carro que fue perdida y me lo van a pagar valor factura pero el valor factura es de 255mil pesos y vi esa leyenda de retención del 20%
 
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alonsodelagarza
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10/May/18 04:57
Re: Aseguradora Perdida Total

Hola Alonso,

Mira mi situación concluyo después de 1 año por que la aseguradora forzosamente me tenia que retener ese dinero y después de un reclamo de esa otra cantidad me hicieron 2 depósitos para que no fuese afectado uno como el pago del carro justo por debajo de esa cantidad y el otro como remuneración por el accidente. Pero este segundo tardo 1 año en salir, por ende estuve poniéndoles gorro todo el tiempo hasta que no me lo dieron, supe de gente que batallo aun mas con este tema y de otras personas que simplemente lo que hicieron fue negociar con la aseguradora para que les depositaran mas del 20% para que después de la retención de parte del SAT esta cantidad quedase igual... pero también supe de gente que ya no hizo nada y después de 1 año ya no procede nada.
 
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roddry
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