Estimados foristas: Tengo la siguiente duda, debido a la situación económica, a cierto personal se les planteo y aceptaron, reducción de sueldo, con la condición que se les liquidara la porción que se les va a reducir(90 días, 20 días x cada año de servicio por no reinstalarlo y prima de antigüedad), todos estamos de acuerdo y se va a firmar ante la junta local de conciliación y arbitraje. Mi duda es en lo referente a la exención de los 90 SMG por cada año de servicio seria aplicable, aun cuando no se van a retirar?