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05/Nov/15 11:45
PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Buen dia estimados, me gustaria si fuesen tan amables de darme su puto de vista tecnico fiscal.

Se adquieren paneles solares en nov 2015 la ley de isr dice que seran deducibles al 100% pero no especifica tacitamente que sean deducibles a la fecha de la adquisicion y en armonia con la propia ley que nos dice que los bienes se deduciran en proporcion a los meses de uso entendemos que si inverti en nov 2015 solo podre deducir la proporcion a dos meses de uso, es correcto?

La opinion de un colega fue:

Efectivamente las inversiones en maquinaria y equipo para generar electricidad a través de la energía solar son deducibles al 100%, pero en proporción al número de meses utilizada en el ejercicio, es decir, la tasa de depreciación es al 100% pero se deducirá la proporción al número de meses en que se haya utilizado en el ejercicio.

Además también deben de tener en cuenta que los equipos se deben de mantener en uso por lo menos 5 años siguientes al año en que se compró el bien, de lo contrario se tendría que presentar declaraciones complementarias para pagar el impuesto y los recargos por haber deducido al 100% en lugar del 10%.

No se puede deducir el 100% de la inversión en el ejercicio en que se adquiera (ejemplo adq nov 2015), puesto que la Ley del Impuesto es muy clara al señalar que la deducción se inicia a partir de que se utilice el bien y también es muy clara al mencionar que cuando el bien que se adquiere se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio, la deducción de dicha inversión se efectuara en el porciento que represente el numero de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado, respecto de doce meses.

En nuestra experiencia profesional ni la Ley ni los diferentes decretos que se ha publicado relacionados con la deducción de inversiones ha permitido que un bien se deduzca al 100% en el ejercicio en que se adquiera independientemente del tiempo que se utilice, ya que inclusive el decreto de deducción inmediata de inversiones que estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, si permitía hacer la deducción inmediata de los activos fijos nuevos para la generación, conducción y transformación de electricidad en el ejercicio en que se adquirían sin importar la fecha en que se iniciaba su utilización, pero el porcentaje máximo autorizado para esta deducción inmediata era del 74%.
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La disyuntiva es:
1 se deduce el 100% de la inversion en 2015
2 se deduce la parte proporcional a los meses de uso en 2015 el resto en el ejercicio sig. hasta completar el 100%.

Que opinan? 1 o 2?
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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10/Nov/15 10:56
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Interesante razonamiento, de buenas a primeras hubiera opinado que se deducen al momento de su adquisición, pero, al leer los razonamientos por un momento dudé.

Pero, creo que dividir la deducción de un bien en el número de meses para considerar un ejercicio completo y condicionarlo a una mecánica aplicada para % menores al 100% es eccederse de conservador. Es comparable para mí con un gasto al etiquetarlo con ese porcentaje de 100.

Así es que, en lo particular aplicaría la opción 1.
 
 
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neonato
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10/Nov/15 11:39
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

1 se deduce el 100% de la inversion en 2015
2 se deduce la parte proporcional a los meses de uso en 2015 el resto en el ejercicio sig. hasta completar el 100%.


Ya verificaste la exposicion de motivos que genero dicha deduccion ???

Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
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10/Nov/15 13:38
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Buen día, les comparto lo que encontré en la exposición de motivos:

Deducción lineal al 100%.
La deducción de inversiones al 100% permite a los contribuyentes deducir en un sólo año el valor total de sus
inversiones en los activos fijos que reciben este beneficio. Actualmente, los contribuyentes pueden realizar la
deducción de las inversiones de maquinaria y equipo para la generación de energía eléctrica de fuentes renovables;
de adaptaciones a instalaciones que tengan por finalidad facilitar a las personas con capacidades diferentes, el
acceso y uso de las mismas; de inversiones en maquinaria y equipo para la conversión a consumo de gas natural y
para prevenir y controlar la contaminación ambiental, así como de las máquinas registradoras de comprobación fiscal.
Este tratamiento preferencial representa un mayor beneficio para el contribuyente que la deducción inmediata, ya que
mientras para efectos de esta última se permite la deducción del valor presente de la depreciación lineal aplicando
una tasa de descuento, en el caso de la deducción al 100% el monto de la deducción es por el total,
independientemente de la tasa de interés en el mercado, siendo por tanto el activo parcialmente financiado por el
Gobierno, lo que representa un beneficio excesivo.

Mi opinión es de que si no hubiera sido al 100% en un solo año no tendría ningún beneficio deducir al 100% en varios años, de hecho casi todos los activos se deducen al 100% en varios años.


Salu2

Editado: Noviembre 10, 2015 13:42:14
 
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grupoimper
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10/Nov/15 18:23
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

hace tiempo analice esa deduccion y mi conclusion fue la opcion 2.

saludos
 
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fiscal13
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11/Nov/15 10:32
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Sea cual sea la intención del legislador la redacción del art. 31 nos confirmo la opción 2 después de analizar todos los elementos posibles, es decir, la clave según su servidor es CUANDO EL BIEN SE COMIENCE A UTILIZAR DESPUES DE INICIADO EL EJERICIO cosa que sucede en este caso, LA DEDUCCION SE EFECTUARA CON LAS MISMAS REGLAS QUE EJER IRREGULAR.

FUNDAMENTO
Artículo 31. Las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los por cientos máximos autorizados por esta Ley, sobre el monto original de la inversión, con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta Ley. Tratándose de ejercicios irregulares, la deducción correspondiente se efectuará en el por ciento que represente el número de meses completos del ejercicio en los que el bien haya sido utilizado por el contribuyente, respecto de doce meses. Cuando el bien se comience a utilizar después de iniciado el ejercicio y en el que se termine su deducción, ésta se efectuará con las mismas reglas que se aplican para los ejercicios irregulares.

En resumen aplicaremos la opción 2

saludos y gracias por su tiempo amigos
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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12/Nov/15 11:01
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Es decir, que el mismo criterio aplicarían en el caso de deducción inmediata de inversiones?? O cambia en algo que estas se manejen con un tratamiento especial?
 
 
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neonato
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12/Nov/15 14:36
Re: PANELES SOLARES Y SU DEDUCCION

Pues mi opinión es que se puede tomar la deduccion del 100 % en el primer año, si no fuera así no tendría razón de ser.

Salu2
 
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grupoimper
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