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02/Oct/15 16:18
Tiempo de efecto de requerimiento

Buen día.

En el caso en cuestión un contribuyente RIF omitió por error la presentación de una obligación -ISR- del 2do Bimestre 2015.

En virtud de un convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal entre SHCP y el Gobierno del Estado, se presenta un requerimiento de obligaciones omitidas. El día viernes 2 de octubre, al concluirse el trámite de notificación se presenta la declaración omitida.

Tiene un párrafo que dice ' si usted cumplió con las obligaciones arriba señaladas antes de recibir este requerimiento, favor de hacer caso omiso al contenido del mismo,...'

La pregunta se relaciona con el momento del efecto de la notificación.

Surte efectos al día siguiente hábil? inmediato?

Se toma como presentada -aunque fuera de tiempo- la declaración omitida?

Bajo el conocimiento y con la salvedad de que la multa :

DE $1,240.00 A $30,850.00, POR CADA OBLIGACIÓN A QUE ESTE AFECTO, AL PRESENTAR UNA DECLARACIÓN, SOLICITUD, AVISO O CONSTANCIA, FUERA DEL PLAZO SEÑALADO EN EL REQUERIMIENTO O POR SU INCUMPLIMIENTO.


Gracias.
 
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crberzun
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04/Oct/15 19:58
Re: Tiempo de efecto de requerimiento

Las notificaciones surten efecto, al dia siguiente habil
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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05/Oct/15 10:51
Re: Tiempo de efecto de requerimiento

Ok. Muchas gracias. Entonces. Empezaría a correr el 5 de octubre. En este caso ¿procedería la multa por presentación extemporánea? ya que se presentó el mismo día de la notificación del requerimiento.
 
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crberzun
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