21/Sep/15 19:07
Re: Aclaración impuesto sobre nómina con trabajadores en otro estado
Gracias por tu comentario marasacp:
Para el estado de sinaloa:
CAPÍTULO III
IMPUESTO SOBRE NÓMINAS
ARTÍCULO 17. Se encuentran obligadas al pago de este impuesto las personas físicas y morales que, aun teniendo su domicilio fuera del Estado,
realicen en el mismo, erogaciones en dinero o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se le otorgue.
Para los efectos de este impuesto, se considerarán erogaciones destinadas a remunerar el
trabajo personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que se deriven de una relación
laboral
y cuando el servicio se preste en otro Estado no se causará este impuesto por los pagos que realicen por estas erogaciones.
Para el estado de nayarit:
CAPÍTULO IV
DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS
SECCIÓN PRIMERA
Del Objeto
Artículo 84.- Es objeto de este impuesto,
la realización en el Estado de Nayarit, de pagos a través de nóminas, listas de raya, recibos o por cualquier otra denominación o forma, destinados a remunerar el trabajo personal subordinado derivado de una relación laboral.
SECCIÓN SEGUNDA
De los Sujetos
Artículo 85.- Son sujetos de este impuesto las personas físicas o morales obligadas a efectuar los pagos a que se refiere el artículo anterior.
De lo anterior, en mi opinión, debería realizar los pagos en el estado de nayarit
(que es 0.5% más caro) el asunto será como hacer entender a estos recaudadores jaja, esperemos resultados.
Saludos!!
Editado: Septiembre 21, 2015 19:08:19