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12/Sep/15 12:36
SALDO A FAVOR IVA EN RIF

Buenos dias
Les solicito su apoyo en la duda siguiente. Soy RIF

En el 5to bim 2014 mi IVA CAUSADO fue menor IVA ACREDITABLE. Tuve ventas al publico en general y tambien ventas a clientes con IVA deglosado. Esto me origino un saldo a favor que se vio reflejado en la declaracion de ese bimestre.

Los siguientes bim estres solo tuve ventas al publico en general , pero aun asi, tuve compras con IVA desglosado, al presentar las respectivas declaraciones NO aparece saldo a favor alguno de IVA por este que pague en las compras.

Mi duda, solo tengo SALDO a favor de IVA, cuando facturo ventas al publico y ventas con IVA desglosado a clientes ??

Gracias , espero haberme explicado de Manera correcta.
Saludos y buen dia
 
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PWCGLOBAL
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12/Sep/15 13:11
Re: SALDO A FAVOR IVA EN RIF

Hasta donde yo entiendo si.

Supuestos para IVA (considerando decreto de RIF dof 11 mar 2015):

Si vendes únicamente al publico en general: no tienes obligación de pagar IVA.

Si vendes al público en general y a clientes con IVA desglosado, se supone que debes identificar las compras que corresponden a esas ventas para acreditarlo contra el IVA cobrado por las facturas con IVA desglosado.

Y digo se supone porque la aplicación del SAT no funciona así: Lo que la aplicación hace es calcular los ingresos facturados a clientes respecto del total de ingresos del período y este porcentaje/factor lo aplica a las compras totales y te refleja el IVA acreditable correspondiente.

Es normal que tu pidas tus facturas porque no sabes quien te va a pedir factura y quien no, de esta forma todos tus comprobantes deben tener IVA deslgosado. Pero este simple hecho no te genera IVA acreditable y/o saldo a favor.

El IVA acreditable con derecho a disminuirlo del IVA cobrado lo tendrás en los períodos en los periodos en los que tengas ventas a clientes con IVA desglosado.

Saludos
 
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marasacp
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12/Sep/15 13:39
Re: SALDO A FAVOR IVA EN RIF

Gracias MARASACP

Mi duda es si puedo generar saldo a favor de IVA, cuando solo tengo ventas al publico en general , pero si tengo facturas cfdi de compras o gastos con IVA desglosado.
Este saldo no aparece en la declaracion. Solo me aparece saldo a favor cuando tengo ventas a clientes con IVA que desgloso.

Puedo llevar saldo a favor en hojas de trabajo y poder aplicarlo en bimestres posteriores?

saludos
 
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PWCGLOBAL
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13/Sep/15 14:27
Re: SALDO A FAVOR IVA EN RIF

Si solo vendes al publico a general NO PUEDES GENERAR UN SALDO A FAVOR DE IVA, YA QUE ESTAS APEGADO AL DECRETO EN EL QUE INDICA QUE SE REDUCIRA EL IVA POR LAS ACTIVIDADES CON EL PUBLICO EN GENERAL.

'ARTÍCULO SEGUNDO. Los contribuyentes personas físicas que en 2014 optaron por tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal previsto en el Título IV, Capítulo II, Sección II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, y que apliquen lo dispuesto en el “Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de septiembre de 2014, podrán aplicar el 100% de reducción del impuesto al valor agregado y el impuesto especial sobre producción y servicios, por las actividades que realicen con el público en general en las que se deban pagar dichos impuestos, durante todo el segundo año de tributación en el citado régimen.
Para aplicar los porcentajes de reducción de la tabla establecida en el Artículo Segundo del mencionado decreto, los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior considerarán como primer año de tributación en el Régimen de Incorporación Fiscal, el segundo año en el que apliquen el 100% de reducción de los impuestos mencionados en el párrafo anterior.'



Cuando tienes ventas con público en general y con IVA desglosado es cuando se da la posibilidad de tener saldo a favor de IVA.

Saludos
 
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marasacp
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18/Sep/15 18:43
Re: SALDO A FAVOR IVA EN RIF

Buenas tardes:

Bastante clara la información porporcionada por marasacp, respecto a por qué no se genera IVA a favor en ventas al publico en general; solo agrego que, cuando vuelvas a tener ventas facturadas, podrás hacer uso de ese IVA a favor; pero no aparece solo en la declaración, tú debes llevar el control de ese IVA que tienes a favor en tus papeles de trabajo y aplicarlo cuando sea necesario, puede ser que no lo utilices todo y aun te quede remanente para utilizarlo posteriormente.
 
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SofiaAlta
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