07/Sep/15 14:57
Deducciones ISR en actividad empresarial
Hola Chicos buen dia,
Espero me puedan orientar en lo siguiente:
Tengo un cliente que se dedica a rentar brigadas de topografia, es muy poco el material que compra para poder realizar el trabajo, por lo que sus compras y gastos son muy bajos.
Esta como PF Actividad profesional y empresarial, por lo que se, las personas fisicas no manejan costo de ventas, deducen sus compras en su totalidad, motivo por el cual el ISR esta por las nubes, el me dice que no es posible, que le esta quedando poca ganancia debido a los impuestos tan grandes que esta pagando.
Un colega me menciona que yo estoy mal y que debo de aplicar el costo de ventas en porcentaje, debido a que no maneja inventarios. Estube buscando y no encuentro nada que fundamente esto. Cabe mencionar que el maneja asi a sus clientes, y ellos pagan muy poco de ISR e incluso nada.
Que me dicen al respecto, ya me cerre, agradezco su apoyo, y si me podrian mencionar alguna estrategia para bajar el impuesto de ISR.
Gracias de antemano.
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jericovic
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07/Sep/15 16:56
Re: Deducciones ISR en actividad empresarial
Hola Jeri:
Y tu colega te comento si los tiene registrados (a sus clientes) como RIF....? creo que seria la unica forma que no esta pagando o pago muy poco de ISR.
saludos
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Cone34
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07/Sep/15 17:20
Re: Deducciones ISR en actividad empresarial
Que tal,
Complementario a lo que comenta Cone, y si entiendo bien, el rentar las brigadas de topografía, implica que lo que renta es 'horas hombre' correcto?
Entonces, ya que lo que el renta está basado en horas hombre, su erogación y en consecuencia deducción más importante deber ser la mano de obra de la gente que integra su brigada. De igual manera debiera de deducir las aportaciones de seguridad social y los impuestos locales sobre nóminas.
Si, los gastos de bienes podrán ser pocos (no conozco a ciencia cierta todo el material para la topografia), pero deben ser entre otros equipos de seguridad, equipos especiales, y algunos otros, pero le mas importante considero que debe ser la mano de obra, entiéndase: SUELDOS Y SALARIOS.
Ahora bien, si el que realiza los trabajos es la misma persona y no se apoya con nadie, pues entonces si no hay de otra, el ingresos es mucho y el gasto es poco, ya que el es quien está cobrando y debe pagar los impuestos correspondientes a dicho ingreso.
Saludos
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marasacp
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07/Sep/15 18:44
Re: Deducciones ISR en actividad empresarial
Buenas tardes, en primera instancia convendría realizar una lista de erogaciones como punto de partida.
bendiciones
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pacatelas
Capitán Segundo
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07/Sep/15 19:21
Re: Deducciones ISR en actividad empresarial
Chicos gracias por contestar,
Los clientes que tiene mi colega no estan como RIF sino como Actividad empresarial y profesional.
Los gastos que estoy tomando para las deducciones son efectivamente principalmente sueldos y salarios, IMSS, infonavit, impuesto sobre nomina, estaciones de trabajo como activo fijo, equipo de seguridad, gasolina, en fin, he tratado de meter los mas gastos posibles, pero no ayuda de mucho, y si efectivamente el mismo presta el servicio.
Gracias por su ayuda, tengo relativamente poco como independiente y me es de mucha utilidad su opinion experimentada.
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jericovic
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08/Sep/15 11:01
Re: Deducciones ISR en actividad empresarial
Muchas veces, cuando uno mismo presta el servicio, los gastos llegan a ser pocos, tu mismo lo estarás viendo ahora como independiente, los gastos no llegan a ser muchos; papelería, gasolina, depreciación del equipo de cómputo.
Al principio el desembolso si es importante, pero hay activos que se deprecian a cierta tasa y el desembolso no representa la deducción. Aqui los que están como personas físicas independientes son los que a veces si les llega a impactar el no tener tantas deducciones y representa el alto de impuestos, pero no se puede tener todo en la vida; mucho ingreso, poco gasto y poco pago de impuestos.
Respecto del IVA, que también es cantidad importante, hazle saber a tu cliente que es un impuesto trasladado que el NO ESTA PAGANDO directamente, lo cobra a sus clientes y luego lo entera a las autoridades. Y es importante considerando que su gasto mas fuerte (según lo que nos indicas) es la mano de obra, y acuérdate que la mano de obra (sueldos y salarios) no causa IVA, y en consecuencia no se causa un IVA acreditable para disminuirlos del cobrado.
Lo malo es que los impuestos que pagamos no están bien invertidos, pero como diria la tia Conchita; 'pero esa, es otra historia'
Saludos
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marasacp
Capitán Segundo
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