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29/Jul/15 14:26
COPROPIEDAD ARRENDAMIENTO

Buen día a todos.
Soy nueva en el foro y, espero accesar no solo para que resuelvan mis dudas, sino para apoyarlos con mis conocimiento.

La duda es la siguiente:

Existe una propiedad. EL ingreso que se percibe por el mismo, se reparte entre familiares, entre 6 miembros.Me comentan que es una copropiedad.`Nombraron a un representante en común, que le llamare aquí Juan Lopez. Esto, al parecer, basado en el Articulo 92 LISR.

Lo que me hace realizar la preguntar o investigar es debido a:

- Las facturas de ingresos y egresos de ese inmueble salen a nombre de 'Juan Lopez y COpropietarios' con el RFC de Persona Física de Juan Lopez.

- Todos los miembros tienen negocios como P.F. al igual que Juan Lopez. Cuando Juan Lopez pida factura de su negocio, saldrá con su RFC y cuando pida facturas del inmueble en copropiedad, también es con su RFC. Es correcto? No se esta mezclando indebidamente operaciones? Hacienda, para mi, no tendrá claro que corresponde a cada negocio y puede malinterpretarse y hasta jugar con los egresos para beneficio en cada negocio.

- Lo correcto no seria realizar una S.C. un tipo de Sociedad ante Notario, darlo de Alta en Hacienda y manifestar como se administrar el bien? Así, se tendría puramente bien identificado, egresos e ingresos y como se reparte y en que porcentaje a cada miembro.

- Al parecer el bien es de Juan Lopez. No saben porque esta copropiedad. No saben si es por herencia o como es que llegaron al acuerdo de recibir cada uno, un porcentaje del ingreso de ese bien.

- Como comentario, cada uno de los miembros, realiza su declaración anual de sus negocios y manifestando lo que recibió del inmueble en copropiedad en cuestión. Ademas, tienen la opción de Deducción Ciega.

Llevan muchos años realizándolo de esta manera y, a mi parecer, hay cosas que no están muy claras para Hacienda y puede malinterpretarse y no se si lo vea como evasión. No se si exagero, solo pregunto.


Muchísimas gracias por si apoyo y comentarios.


Editado: Julio 29, 2015 14:26:56

Editado: Julio 29, 2015 14:52:55
 
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LicEriMartinez
Soldado

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03/Ago/15 12:11
Re: C

Buen día

Tomando en cuenta el planteamiento que nos comentas

1.-Se podria crear una sociedad que administrara la propiedad y esta a su vez dividiera el ingreso entre los familiares
2.-Puede tener una o mas actividades un solo contribuyente, por lo que no hay problema si haces la declaración de ingresos por arrendamiento y la de actividad empresarial, y pues te puedes beneficiar de esta manera ya que aplicas la deducción ciega en la declaración de arrendamiento y las demás deducciones las aplicas para la actividad empresarial.


Este es mi punto de vista, saludos.
 
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Alejandrox360
Cabo

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