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22/Jun/15 10:48
Obtencion Pension Invalidez

Buenos dias a todos
Les comparto una duda, para conocer su opinion.

Un trabajador en 2003, tuvo un accidente Auytomovilistico (No RT) y a partir de ahi tiene secuelas motrices. Se rehabilito en el Imss. Ahora hace 4 meses, se dio de baja en su ultimo empleo, bajo el regimen obligatorio del Imss. Si cuenta con 250 semanas de cotizacion.
Mis dudas,
1.. aun estando de baja en este momento, puede solicitar una pension por Invalidez?
2.- O tiene que estar inscrito de nueva cuenta en el regimen obligatorio?



Gracias a todos y buen dia.
 
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PWCGLOBAL
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23/Jun/15 22:13
Re: Obtencion Pension Invalidez

Porque no pidio la pension desde que se accidento??


Saludos
 
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juancarm
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24/Jun/15 14:49
Re: Obtencion Pension Invalidez

Con los dictamenes medicos es que pudiera solicitar la pension correspondiente y debe estarse revaluando constantemente. Pero si la persona ha perdido funcionalidades supongo que con tratamientos de rehabilitacion debe superar estos problemas medicos y despues de estos tratamientos es importante ver los diagnosticos y opiniones medicas por escrito para luego proceder a la tramitacion de pensiones ya que estas serviran de soporte

La LSS marcar que para lograr los efectos de una pension, primero debe someterse a todos los tratamientos correspondientes. Si la persona no acude y completa sus tratamientos a que debe someterse, no le emites esas opiniones medicas, por lo tanto tampoco le otorgan su pension relativa
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Jun/15 14:58
Re: Obtencion Pension Invalidez

Muchas Gracias Juancarm y Enrique.

Les comento.
El trabajdor no procedio en 2003 por la pension, porque en ese momento el patron pago todo en el medico particular, es decir, no se atendio en el Imss.

Ahora, despues de ese tiempo se quiere pensionar, pero por sus comentarios no se sera posible. Gracias por sus aportaciones.
Solo 2 dudas , si yo lo doy de alta en el Imss, regimen obligatorio, tendre algun problema como patron, si el , en julio 2015, inicia tramite de pension?
2.- Aun estando de baja ( baja marzo 2015) puede iniciar el tramite, aun y cuando se la nieguen?

Garcias y buena tarde
 
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PWCGLOBAL
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13/Jul/15 22:25
Re: Obtencion Pension Invalidez

PWCGLOBAL un saludo, por el numero de semanas de cotizacion y la conservacion de derechos que señala el articulo 150 de LSS no tiene que que estar en regimen obligatorio, asi que acuda al UMF que le corresponda e inicie con su tramite.

en caso que le nieguen en la UMF tendria que solicitar mediante esscrito dirigido a Pestaciones Medicas de la Delegacion IMSS de tu estado o Region.
 
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acsa
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14/Jul/15 10:40
Re: Obtencion Pension Invalidez

Bueno hay que poner atencion en lo que se les explica. Una cosa es que no proceda la pension en IMSS. Usted ya señalo porque razón. Pero no son los medios apropiados por el patrón para abastecer la seguridad social para su trabajador, puesto que la ley marca claramente que el patrón NO DEBE OFRECER LA SEGURIDAD SOCIAL PERO SI ESTA OBLIGAGADO Y QUE EL ÚNICO MEDIO PARA OTORGARSE EL INSCRIBIENDO A SU TRABAJADOR Y QUE SEA POR MEDIO DEL SEGURO SOCIAL QUE DEBA PROPORCIONARSE, ADEMAS DE CUBRIRSE LAS CUOTAS. PERO EL SEGURO SOCIAL SOLO LA OFRECERÁ SI SE CUMPLE REQUISITOS Y QUE LE CONSTITUYA LA OBLIGACIÓN SOLIDARIA, PARA ESTO TANTO EL PATRÓN COMO EL TRABAJADOR DEBEN CONFIGURAR LOS HECHOS Y REQUISITOS QUE MARCA LA LEY PARA TALES EFECTOS.

En este caso, el trabajador tiene la opción de ir a la Junta de Conciliación y demandar al patrón sus derechos que considere pertinentes. Pues no se le esta otorgando derechos que debe tener vigentes a su favor.

Sera un camino mas largo, lo que ahora pudiera renegociar con el patrón este asunto. Sera difícil aplicar la renegociación, pero bueno si se diera acabara mas rápido el camino de su demanda. Al no ponerse de acuerdo continuara todo el camino ante la Junta hasta su definición.

Las personas siempre se ufanan de indicar es que no se de leyes. Precisamente el no conocer de ellas los hace incapaces de ganarse los derechos, pues no cumplen con obligaciones para poder obtener esos derechos. Y la culpa finalmente recae en uno mismo por ubicarse en la posición pasiva esperando a que le llegue la lotería en sus manos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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