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19/Jun/15 14:22
Deduccion de Automoviles en Regimen de Incorporacion Fiscal

Hola Compañeros buenas tardes, les planteo la siguiente situacion:

Es deducible en su totalidad la deduccion de la compra de un Automovil en el RIF o es via depreciacion ????

Aplica la limitante de la deduccion de los 130,000.00 pesos para estos contribuyentes ????

Si es un Pick up lo que se compra y este rebasa los 130,000 pesos , es deducible en su totalidad aun cuando rebase dicho monto ????

Saludos ......
 
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jorge1977
Sargento Primero

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19/Jun/15 16:22
Re: Deduccion de Automoviles en Regimen de Incorporacion Fiscal

Hola, te doy mi opinión.

Es deducible en su totalidad la deduccion de la compra de un Automovil en el RIF o es via depreciacion ???? R.- Es deducible el total de la compra.

Aplica la limitante de la deduccion de los 130,000.00 pesos para estos contribuyentes ???? R.- NO

Si es un Pick up lo que se compra y este rebasa los 130,000 pesos , es deducible en su totalidad aun cuando rebase dicho monto ???? R.- Es deducible el total de la compra.

Salu2


Editado: Junio 19, 2015 16:23:48
 
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grupoimper
Capitán Primero

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19/Jun/15 18:07
Re: Deduccion de Automoviles en Regimen de Incorporacion Fiscal

En RIF no se hace depreciación, los activos se deducen por completo en la fecha del pago. Si lo vas a hacer en pagos, vas deduciendo cada pago.
Y no, no aplica el límite de 130,000
 
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SofiaAlta
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19/Jun/15 18:21
Re: Deduccion de Automoviles en Regimen de Incorporacion Fiscal

Estoy en desacuerdo con la respuesta no. 2.

en donde se establece que este regimen no esta obligado a aplicar las limitaciones sobre el MOI?
 
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Jessica88
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19/Jun/15 18:30
Re: Deduccion de Automoviles en Regimen de Incorporacion Fiscal

Les agradezco los comentarios y es precisamente porque la informacion que hay hasta el momento no es muy clara, claro entiendo que donde la ley no distingue no hay porque distinguir.

Me queda claro que la deduccion en el caso del RIF se hace en base al pago del mismo activo, es decir, no es via depreciacion sino conforme al pago del mismo.

Donde si no me queda claro es en limite de la deduccion a 130,000.00 pesos, es aqui donde mayormente tengo la duda, pero entiendo que si los articulo del RIF en cuanto a deducciones no hacen mencion de la aplicacion de limite, pues estrictamente no tendriamos porque aplicarlo, pero siendo conservador y a consulta expresa al SAT, ellos argumentan que si procede el tope de la deduccion a 130,000.00 pesos.....

Saludos compañeros y si alguien tuviera algun comentario mas que nos pudiera dejar mas claro esta situacion sobre todo a un servidor....

Gracias.....
 
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jorge1977
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