persona moral del régimen general que no dictamina se presento saldo a favor de isr en anual 2014 y se compenso contra isr abril 2015.
Se esta obligado a enviar el aviso de compensación F3241 y F41?
Yo considero que no ya que la anual 2014 se presento con esquema pago referenciado al igual que el pago provisional de Abril.
Estoy en lo correcto?
Saludos y gracias por su atencion
La admiración es el sentimiento más opuesto a la comprensión. Aizen
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22/May/15 16:57
Re: aviso f41 de anual
Hola
A mi me paso lo mismo y presente el aviso, anteriormente con el pago referenciado es suficiente, pero ahora creo que lo mas conveniente es presentarlo, es por internet y solo presentas el archivo en excel y el anexo, ahi mismo te dice que incluir, y en 10 dias te contesta la autoridad, En el catalogo de tramites de la pagina del SAT viene los requisitos.
yo lo presente y no tuve ningun contratiempo, ya me respondienron.
Saludos.
Yo considero que no ya que la anual 2014 se presento con esquema pago referenciado al igual que el pago provisional de Abril.
Estoy en lo correcto?
Sí debes presentar el aviso de compensación. Ya que tu saldo a favor lo reflejaste en una declaración anual.
RMISC 2015
Contribuyentes relevados de presentar aviso de compensación
2.3.12. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y
definitivos a través del “Servicio de Declaraciones y Pagos” a que se refiere el
Capítulo 2.9. y la Sección 2.8.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por
pagarlo mediante compensación de saldos a favor manifestados en declaraciones de
pagos provisionales y definitivos presentados de igual forma a través del “Servicio de
Declaraciones y Pagos”, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación
que se señala en la regla 2.3.9.
...
Espero que mi comentario sea de tu utilidad.
Saludos y buena suerte.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo