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13/May/15 10:42
¿Prestacion de servicios gratuitos?

Hola buenos días a todos, es mi primer post y espero estar más activo en el foro de aquí en adelante.

Mi duda es la siguiente:
¿La recolección de las cuotas sindicales del patrón y su entrega al sindicato se considera como prestación de servicios?
Esta inquietud viene a que la LIVA en su fracción II del artículo 1 grava la prestación de servicios, en su artículo 14 fracc I define la prestación de servicios como:

'La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona en favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes'

Lo cual considero es un concepto bastante amplio, luego en su artículo 15 fracc III dice que los servicios prestados en forma gratuita son exentos de IVA.

A todo esto entonces, según mi análisis, esta recolección de cuotas sindicales es un acuerdo entre particulares en el cual uno se obliga a retener a sus empleados las cuotas sindicales y luego entregárselas al sindicato como un servicio prestado en forma gratuita, ya que el patrón no recibe ninguna constraprestación por este 'servicio', por lo cual no grava IVA y el cual debe estar soportado con un contrato de prestación de servicios gratuitos.

Alguien me comentó que la recolección de cuotas es no objeto de la LIVA y por eso no gravan IVA.

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Rubenhlopez
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13/May/15 11:39
Re: ¿Prestacion de servicios gratuitos?

Buenos días:

El descuento de las cuotas sindicales es una obligación patronal que esta soportada en el contrato colectivo de trabajo y de ninguna manera es un servicio por el que se deba hacer algún otro contrato.

Saludos
 
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JABUS
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13/May/15 12:09
Re: ¿Prestacion de servicios gratuitos?

Hola JABUS, de acuerdo con lo que me comentas entonces ¿El retener las cuotas a los trabajadores, sí se considera como un servicio gratuito prestado por la empresa retenedora al sindicato?

Agradezco mucho tu respuesta.

Saludos.
 
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Rubenhlopez
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13/May/15 12:20
Re: ¿Prestacion de servicios gratuitos?

En mi opinión no lo es , según mi apreciación equivaldría a decir que le prestamos un servicio al imss por retener las cuotas de los trabajadores y enterarlas.
 
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JABUS
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