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27/Abr/15 18:56
¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Buenas tardes a todos. Tengo duda respecto a los ingresos que percibe una inmobiliaria.

Resulta que 2 hermanos tienen varios bienes inmuebles y una sobrina creó una empresa para administrarlos. Ellos firmaron un contrato simple en donde autorizan a la empresa para que tenga el beneficio total de los ingresos por rentas y además acordaron que a ellos les depositarían un salario mensual para sus gastos . Me pregunto si es correcto que la empresa se quede con el 100% de la ganancia y les pague salarios a los dueños de los inmuebles o solo debería cobrar su comisión y depositarles el dinero a los hermanos por las rentas.

La otra duda es si no sería mejor que los hermanos se incorporaran a la sociedad e hicieran una aportación en especie de sus bienes inmuebles y retiraran dividendos para sus gastos.

¿Que figura es mejor para una inmobiliaria?
 
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manon
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28/Abr/15 11:36
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Unos quieren dividir entre PF sus rentas, bajar la base del ISR y además aprovechar la deducción ciega del 35%, otros quieren manejar los inmuebles como PM.

La pregunta aquí es ¿qué desean los propietarios o qué les conviene mas?, además ¿la sobrina qué tanto sabe de la 'figura' que formó o en que se basó?

Sobre aportar las propiedades, deben hacer corridas financieras para ver los costos de escrituración, ISR, IVA e impuesto sobre adquisición de inmuebles......deducción de los mismos, etc etc

Quizá, la fácil sea que las PF le renten a la persona moral los inmuebles a X precio, y que esta los subarriende.



Editado: Abril 28, 2015 11:38:17
 
 
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neonato
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28/Abr/15 15:56
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Ok, sería algo así como las inmobiliarias de Century 21 y Lomelin, que hacen un contrato para poder administrar los bienes de las personas, cobran un porcentaje por sus comisiones y la renta que cobran se las depositan a los dueños mes a mes en el banco.

¿En este caso los dueños de las propiedades tienen que declarar esos ingresos mes a mes ante hacienda en el régimen de Arrendamiento?

Lo que pasa es que esta empresa que les comento cobra las rentas y las declara al 100% en hacienda como ingreso propio, como si fueran parte de su activo los bienes inmuebles, ya que en un contrato simple los dueños le ceden a la empresa los derechos para rentarlas y tener todos los beneficios económicos, ¿es esto correcto y posible?

Nunca había llevado este régimen, espero me puedan orientar.

Gracias!

Editado: Abril 28, 2015 15:58:04
 
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manon
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02/May/15 10:32
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

La PM ¿es una S.C. o algo similar?

Creo haber escuchado alguna vez que algunos grupos manejan esa figura para efectos fiscales y legales, pero nunca lo he visto en la práctica.

Repito, deberías sentarte a conversar con quien instauró la figura e intercambiar opiniones para que te saque de dudas.
 
 
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neonato
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02/May/15 14:09
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Ok neonato, muchas gracias, eso haré porque realmente nunca había tenido un caso similar y necesito saber bien como es el procedimiento financiero, fiscal y legal de esta inmobiliaria. Y si es una persona moral, es una S.A. de C.V.

De nuevo muchas gracias :cool:
 
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manon
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05/May/15 09:30
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Buen dia...

No es acumulable para las personas fisicas el haber cedido los derechos sobre los inmuebles...?

Que contrato fue el que celebró la sobrina y las personas fisicas...?

En el regimen de derecho la cesión de derechos es acumulable a menos que trate de una cesión a desendientes o asendientes en primer grado, de no ser así hbara que checar si no es acumulable para las personas fisicas además de la persona moral...


Es importante saber que tipo de contrato se manejó...

El caso de century es diferente pues son comisionistas o en su defecto gestores de cobranza y administracion (honorarios) y el dueño de inmuebles percib eingresos por arrendamiento y deduce la comision de century o el honorario de ser el caso....

Si brindas mas informacion... puedo dar una respuesta mas precisa...


saludos...
 
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makario
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13/May/15 20:59
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Hola Makario, gracias por responder. El caso está así, revisé el contrato y este es simple, realizado entre particulares, es decir que no pasó por Notario. Los dueños de los inmuebles son el tío y el papá de la dueña de la inmobiliaria, es decir, que será la heredera de los bienes cuando ellos fallezcan. En el contrato los dueños autorizan a la inmobiliaria a administrar los bienes y que ésta se encargue de pagar todos los servicios, gastos, impuestos y cualquier otro concepto que derive de los inmuebles, así como a cobrar las rentas y correr a los inquilinos si no pagan, etc. Pero mi duda está en una cláusula que indica que la inmobiliaria cobrará de honorarios el 10% del total de los ingresos por rentas, que es el costo que le cobra a las personas físicas por administrar sus bienes, entonces aquí ya me confundí porque no se si la inmobiliaria está autorizada a quedarse con el 90% de los ingresos y declararlos como suyos o solo considera el 10% de comisión como ingreso y el excedente depositarlo a los dueños. Siento que está mal redactado el contrato y que están considerando erróneamente los ingresos. Quizá se podría modificar el contrato. Ya no se que hacer.
 
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manon
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17/Jun/15 21:10
Re: ¿Inmobiliaria como administradora o como dueña de las propiedades?

Este esta facil y esta bueno,

Es muy sencillo, para evitar retenciones que creen la persona moral, ademas para tener derecho al 100 % de deducciones, (para cuestiones de IVA e ISR), autos, telefonos, salarios, mantenimiento, limpieza, agua y todo lo que quieras. Ddespues las personas fisicas dueñas de los bienes hacen un segundo contrato de arrendamiento por un valor de definido o por el valor remanente en cada mes y entonces ellos le cobran a la persona moral el remanente de utilidad y aplican la deduccion ciega del 35 % y ademas los prediales. Asi aprovechas al maximo las rentas, minimizas la base de ISR ya que accedes al 100 % deducciones y ademas la ciega. Y es muy sencillo valido y sin problemas legales. Es una buena estrategia fiscal.

Si queires mas ayuda o apoyo avisame, pero es una muy buena planeacion fiscal.
 
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juanv2204
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