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08/Abr/15 13:58
Vacaciones correspondientes

Buenas tardes!!

Mi duda es la siguiente, me dejaron una tarea donde el trabajador tiene 5 años de antigüedad, pero al inicio le dieron como prestación 10 días de vacaciones desde el primer año; lo que me genera la duda es, si se computan los dos días por año hasta que llegue a 12 días, al siguiente año de haber laborado se cumplirían los doce días, y de hay hasta el cuarto año se aumentarían otros dos??, o se computan dos días por año hasta que cumpla los cuatro años, osea que en total serian 18 días. ya que me esta costando trabajo interpretar el articulo 76 de la LFT.

De antemano muchas gracias, y espero sus respuestas.
 
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Ximena_sdm
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09/Abr/15 03:33
Re: Vacaciones correspondientes


¡Hola!!! Ximena:


Los tres primeros años le pagarás y descansará 10 días de Vacaciones más su 25% prima vacacional porque así lo quiere el patrón y la LFT te dispone lo mínimo. El cuarto año va descansar y le vas a pagar 12 días de Vacaciones más su 25% de prima vacacional, porque así lo dispone la LFT en su Art.76 y el Quinto año, va a descansar y les vas pagar 14 días conforme a LFT. Las vacaciones con goce de sueldo deben concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. El derecho al disfrute de vacaciones no puede ser compensado con una remuneración, a menos que la relación de trabajo haya terminado antes de cumplirse el año de servicios.


¡Saludos!!!


Silvestre®

 
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Silvestre
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