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24/Mar/15 17:30
No deducibles pagos que sean ingresos exentos del trabajador

Buenas tardes:

Me gstaría suber su opinión acerca de lo siguiente:

El art. 28 Fracc XXX de la LISR establece la limitación para deducir los pagos que sean ingresos exentos a los trabajadores.

El numeral I.3.3.1.16 de la miscelanea plantea el procedimiento para cuantificar la proporción de ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones y contiene una lista de conceptos para el cálculo.

Es esa lista existen ciertos conceptos, como son:

Ayuda de transporte - Pregunta ¿entraría cuando sólo se trasporta al empleado y no se la da ningun vale o pago? Si yo le pago a la compañía trasportista y esta acumula y yo lo deduzco por que no existiría la simetría fiscal.

Seguro de gastos medicos- Si yo le pago a la compañía aseguradora y esta acumula y yo lo deduzco por que no existiría la simetría fiscal.

Seguro de Vida - IDEM

Gastos de fiesta de fin de año - IDEM

Agradecería sus comentario.

Gracias.
 
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eyma
Cabo

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24/Mar/15 19:23
Re: No deducibles pagos que sean ingresos exentos del trabajador

En tu pregunta esta la respuesta:
No deducibles pagos que sean ingresos exentos del trabajador

Saludos
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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