17/Mar/15 22:30
Re: Recargos en compensacion complementaria
Que tal Bandido07,
Considero que tu saldo a favor original ya se actualizó como debiste de haberlo actualizado, desde que presentaste la declaración y se manifestó el saldo a favor hasta que se compensó, y de ahí se actualizó a cada compensación posterior, hasta agotar esos 1000, correcto?
Ahora, este saldo a favor en declaración complementaria, no tiene porque actualizarse desde que se manifestó el original (el original ya está actualizado).
Se debería actualizar la diferencia de tu saldo a favor (10, según tu supuesto) desde que se manifiesto este nuevo saldo a favor (hoy) hasta que lo vuelvas a compensar.
Ahora referente a los recargos de pagos provisionales, considero que no debes de calcular recargos de pagos provisionales, puesto que tu saldo a favor compensado, sí es procedente y supongo si presentaste tus declaraciones, con compensación y también los avisos de compensación.
A menos que no hayas presentado las declaraciones, entonces no calcularás recargos, desde que se manifestó el saldo a favor y hasta que se haya agotado.
Si se agota en pagos provisionales anteriores a cuando presentes la complementaria en donde se ve incrementado tu saldo favor, entonces desde que se agotó tu saldo a favor original y hasta que la fecha en que presentes tu declaración complementaria de 2013, calcularás recargos y los pagaras (pudiendo compensarlos).
Cuando alcances nuevamente la fecha de presentación de la complementaria, dejarás de calcular recargos hasta por esos $10 en los que se vio incrementado tu saldo a favor.
Ahora, una pregunta, es significativo el incremento en tu saldo a favor? No te convendría dejar como está las compensaciones y solicitar la devolución de este diferencial?
Saludos
Mauricio