Foros


Inicio » Laboral

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
29/Ene/15 18:57
Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Hola a todos los foristas:
Quisiera saber si legalmente hay alguna obligación como patrón de pagarle el periodo vacacional a los empleados justamente el día de inicio de su periodo vacacional?
Entiendo que debo pagar la prima en su periodo vacacional.
Quiero pagar la prima vacacional y las vacaciones dejarlas correr y pagarlas como sueldo directamente cada semana!!
Es correcto?, hay algún impedimento legal? si le tocan 14 días tengo que pagárselos todos en un jalón?

Gracias por su ayuda
 
Perfil

Copanoro
Soldado

Mensajes: 9
Ingresó: Noviembre 10, 2011
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ene/15 21:40
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Buena noche:

Por una parte, el artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo, dispone lo siguiente:

Artículo 81.-
Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

Por otra, el artículo 516 de la Ley en comento, señala lo siguiente:

Artículo 516.-
Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.

Así pues, el trabajador al cumplir un año de antigüedad, cuenta con un lapso de seis meses para disfrutar sus vacaciones.

Ahora bien, con respecto al plazo de la prescripción de la acción para reclamar el pago de las vacaciones y la prima vacacional, debe computarse a partir del día siguiente en el que concluye el lapso de seis meses dentro de los cuales el trabajador tiene derecho a disfrutar de su periodo vacacional.

Saludos
 

 
Perfil

a_cano
Teniente Coronel

Mensajes: 2294
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ene/15 10:49
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Bueno ninguno de esos artículos me aclara en qué momento tengo que pagarle las vacaciones, solamente me dice que deben disfrutarlas y cuanto tiempo tienen para reclamarlo.

Eso me queda claro, el problema es que en esta empresa los trabajadores normalmente reciben el pago de Ejemplo: 10 días que le tocan de vacaciones justo un día antes de disfrutarlos. Pero he escuchado que en otras empresas solo se les paga la prima vacacional y en su periodo de vacaciones se les paga su sueldo normal conforme vayan transcurriendo los días.

Supongo que esto es correcto y no quebranta ninguna ley puesto que los días de vacaciones son en realidad sueldo.

Correcto?
 
Perfil

Copanoro
Soldado

Mensajes: 9
Ingresó: Noviembre 10, 2011
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
31/Ene/15 20:42
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Las leyes no responden preguntas de los ciudadanos. Estos deben INTERPRETARLAS. Solo si sabe leer, las entenderá y comprenderá


Artículo 76.- Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

Artículo 77.- Los trabajadores que presten servicios discontinuos y los de temporada tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días de trabajos en el año.

Artículo 78.- Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones, por lo menos.

Artículo 79.- Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración.
Si la relación de trabajo termina antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcionada al tiempo de servicios prestados.

Artículo 80.- Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Artículo 81.- Las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses
siguientes al cumplimiento del año de servicios. Los patrones entregarán anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Feb/15 19:21
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

BUENAS TARDES:
SI SE SABE LEER, O INTERPRETAR, MMMMM
Y ENTONCES PORQUE PREGUNTAR?
Y SI NO SABEMOS LEER O INTERPRENTAR PARA QUE PREGUNTAR
SI NOS QUEDAMOS IGUAL.
NI QUE DECIR.
 
Perfil

delacerda
Soldado

Mensajes: 16
Ingresó: Mayo 29, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Feb/15 14:53
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Copanoro :
...en esta empresa los trabajadores normalmente reciben el pago de Ejemplo: 10 días que le tocan de vacaciones justo un día antes de disfrutarlos...

En mi opinión este es lo que en la práctica debe ser, para que el trabajador pueda disfrutas tus días de descanso, sin preocuparse en regresar a cobrar el fin de semana, y no se les olvide agregar la prima vacacional en este pago.
Copanoro :
...en otras empresas solo se les paga la prima vacacional y en su periodo de vacaciones se les paga su sueldo normal conforme vayan transcurriendo los días....

Ocurren dos cosas en este caso, si el trabajador no descansa todos los días de vacaciones que le corresponden, se le quedarían a deber días, y también, como demostraría que el trabajador descansó en sus vacaciones, dado que en la nómina aparecerán como días trabajados.

Saludos
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
Perfil

ByPaco
Teniente Coronel

Mensajes: 2132
Ingresó: Junio 05, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Feb/15 09:51
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Cualquiera de las dos opciones es correcta.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/Feb/15 00:46
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Se pagan las prestaciones devengadas. No es necesario cubrir prestaciones que todavia no devenga.

El tiempo de las vacaciones que se disfruten se pagan una vez devengadas, es decir, cuando se regrese o se le deposita en su cuenta conforme al corte de nomina, si todavia no le corresponde reportarse a laborar

La prima devengada se cubre desde antes de disfrutarse las vacaciones

Si no sabe leer, pues aprenda. De que sirve preguntar, tambien hay que aprender a escuchar, casi es lo mismo que tener que saber leer. Si no tiene cabeza para las complicaciones pues los vegetales tambien asi emplean el razoneo que tienen.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
16/Feb/15 15:26
Re: Pago de Vacaciones al inicio de su periodo

Buenas tardes

Considero que las vacaciones así como prima vacacional deben pagarse dentro de los límites que marca la ley tal y como lo expreso el compañero Enrique esto es conforme se devenguen o se hayan dado los supuestos que marca la ley

En la práctica vemos que algunos trabajadores en realidad nunca han disfrutado de vacaciones al menos en los registros de contabilidad, u otros que reciben un pago doble esto es que cobran sus vacaciones pero a la vez las trabajan y cobran su sueldo


Aplicar las leyes pareciera no ser tan complicado pero en la práctica nos podemos encontrar con escenarios digamos muy 'variados'

Saludos a todos
 
Perfil

oziel
Capitán Segundo

Mensajes: 383
Ingresó: Junio 07, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1