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15/Dic/14 18:01
Arrendamiento Financiero: Persona Fisica asalariada

Buenas tardes, si una persona fisica asalariada, que presenta declaración anual, compra un vehículo por arrendamiento financiero, ¿ podría hacer alguna deducción de ello en la declaración anual?

Gracias
 
&CH
 
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anaili
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16/Dic/14 07:21
Re: Arrendamiento Financiero: Persona Fisica asalariada

Buen día:

El Arrendamiento Financiero, así como los gastos relacionados con el mismo, no se podrán considerar como deducciones personales, en virtud de que, no corresponden a las deducciones que se establecen en los artículos 151 de la LISR, del 240 al 245 de su Reglamento, así como en los artículos 1.8 al 1.10, publicados en el Decreto que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa, publicado en el DOF del 26 de diciembre de 2013.

Saludos





Editado: Diciembre 16, 2014 07:23:08
 

 
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a_cano
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16/Dic/14 15:50
Re: Arrendamiento Financiero: Persona Fisica asalariada

Gracias por el apoyo
 
&CH
 
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anaili
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