Un cliente tiene gastos por talleres y cursos por Internet en empresas extranjeras, cual es la correcta deducibilidad de dichas erogaciones?, considerando que el comprobante de dichos cursos llega por correo electrónico.
Se le da el tratamiento como un gasto en el extranjero?
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09/Dic/14 12:05
Re: Deduccion Cursos Online
no es un gasto en el extranjero, es un servicio prestado por una empresa extranjera, no hay problema con su deducción siempre y cuando te den comprobante y contenga por lo menos su domicilio, ID fiscal y el nombre, ya que también lo tienes que relacionar en la DIOT.
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09/Dic/14 13:18
Re: Deduccion Cursos Online
Entiendo lo de la deducibilidad por ser un servicio, pero, el IDFiscal viene en el pedimento de importación, y en estos casos no hay tal importación ya que es un servicio.
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12/Dic/14 19:44
Re: Deduccion Cursos Online
No, el ID Fiscal, debe de venir en la factura que te da el proveedor extranjero
sabemos que es un servicio por lo tanto no hay pedimento, pero en la factura este dato lo debe de tener, si no pidelo para que puedas presentar correctamente la informacion.