el registro contable de la perdidas por deterioro de nuestras mercancías que se tiene que reconocer en nuestros estados financieros es deducible para efectos fiscales ?
muchas gracias por su apoyo, pero lo que queremos es reconocer el valor real de algunos equipos electronicos los cuales que por el periodo de compra contra el de venta ha pasado un gran periodo y lo mas factible es venderlos por debajo de su precio de adquisicion ya que son equipos electronicos muy especializado y sus cambios son muy rapidos.
en concreto equipos especializados de seguriada industrial y comercial como son camaras, gravadoras de cd ya no se usan, cables ,etc.
el valor de compra es de $100 dlls y su venta real puede ser de $20 dlls .
Mi estimado, es la fracción XX, del artículo 27 de la LISR, en correlación con los artículos 87, 88, 88-A y 88-B del Reglamento de la LISR. que da atención específica y tratamiento especial en estos casos.