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04/Dic/14 14:13
CFDI en liquidaciones a plazos

Estimados foristas: entre a una empresa a trabajar y estoy con el asunto de timbrado de la nomina, sin problemas en el caso de la nomina normal, ptu, aguinaldo y finiquitos pagados al momento, pero me topo con algunas liquidaciones de cuantia respetable que , por obvias razones, se estan pagando a plazos de hasta 3 años, algunas de ellas iniciaron en 2012 y terminan hasta 2015. Hoy en dia, en que la obligacion inicia en 2014, cual seria su opinion respecto a las que iniciaron en 2012 y 2013 y seguimos pagando: emitirian CFDI por los pagos que faltan? Como seria el primero del 2014, si ya se tomaron en cuenta los impuestos y deducciones en 2012 o 2013? Muchas gracias por su tiempo.
 
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jorda86
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05/Dic/14 12:10
Re: CFDI en liquidaciones a plazos

En materia de procedimientos, pienso que se debe de cumplir con las disposiciones vigentes es decir que para este año si tendrias que emitir un CFDI por esos pagos

eso en funcion de que en materia de sujeto, objeto, base, tasa y tarifa de las contribuciones, no aplica la retroactividad de la ley, pero en materia de procedimientos administrativos, si, por ejemplo

supongamos que en 2012 la declaración anual se presentaba en papel, y ahora en 2014 la quieres presentar en papel, no puedes, te tienes que sujetar a las nuevas reglas administrativas ya que el fondo es decir objeto y determinación del impuesto no se modifican ese si prevalece,

Mismo caso para estos nuevos comprobantes, tendrás que emitirlos, y emitirías uno especial, ya que si estas pagando a plazos supongamos a meses y en su calculo general le retuviste ISR, entonces cada que hagas un pago tendrás que hacer la proporción de ISR que le retienes y pagarlo.

Saludos
 
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Afeasesores
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09/Dic/14 13:06
Re: CFDI en liquidaciones a plazos

Afeasesores: en 2012 y 2013 ya tome la deduccion y retube y pague los impuestos causados por dichas liquidaciones.
 
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jorda86
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