04/Nov/14 11:12
Duda IEPS plaguicidas, Información trimestral
Compro y vendo plaguicidas, son PF actividad empresarial y profesional, de acuerdo a mi guía de obligaciones estoy obligado a informar de los 50 principales clientes y proveedores cada trimestre, pero en una publicación de fiscalía del día 12 de septiembre, textualmente escribieron esto:
'Los contribuyentes que enajenen los bienes enlistados
, excepto plaguicidas, que trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria en forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara les hubiere trasladado el IEPS en forma expresa y por separado, así como el monto del impuesto trasladado en dichas operaciones y la información que sea solicitada en el formato correspondiente, por el SAT'
No encuentro el fundamento para el 'excepto', por lo cual, considero que sí se debe de informar trimestralmente, ¿alguno de uds tendrán el fundamento legal para no enviar el informe trimestral del plaguicidas?
Este es el fundamento, donde considero que sí estoy obligado a la información trimestral
ART 19 LIEPS
VIII. Los contribuyentes de los bienes a que se refieren los incisos A), B), C), F), G), H), I) y J) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, obligados al pago del impuesto especial sobre producción y servicios a que se refiere la misma, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, trimestralmente, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la información sobre sus 50 principales clientes y proveedores del trimestre inmediato anterior al de su declaración, respecto de dichos bienes. Tratándose de contribuyentes que enajenen o importen vinos de mesa, deberán cumplir con esta obligación de manera semestral, en los meses de enero y julio de cada año.
Editado: Noviembre 04, 2014 11:22:24