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03/Nov/14 19:02
INGRESO PARA ISR EN RIF PARA PUBLICO EN GENERAL

Buenas tardes a todos como siempre un placer saludarles, ya me ha tocado trabajar con RIF pero con los que habia trabajado no facturaban al publico en general. Para el 5to Bimestre tengo un cliente que es pura venta al publico en general. mi pregunta es la siguiente: que es lo que se toma como ingreso para ISR ya que ellos no cobran IVA al publico en general, el total de ventas o al total de ventas se divide entre 1.16 y seria el subtotal. por ejemplo vendio 5,000 pesos los ingresos son los 5,000 o 4310.34 que es el resultado de los 5.000 entre 1.16...

Saludos y de antemano muchas gracias
 
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berenice_vazquez
Sargento Primero

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04/Nov/14 09:19
Re: INGRESO PARA ISR EN RIF PARA PUBLICO EN GENERAL

SALUDOS Y BUENOS DIAS..

POR EL TOTAL DE INGRESOS,
RECUERDA QUE EN EL COMPROBANTE DE INGRESOS (CFDI), NO SE DESGLOSA EL IVA,
 
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MANUELFELIX
Cabo

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04/Nov/14 22:37
Re: INGRESO PARA ISR EN RIF PARA PUBLICO EN GENERAL

Si UNICAMENTE tiene operaciones con público en general, checa el Artículo SEPTIMO transitorio del decreto publicado en el DOF del 26 de dic de 2013: ESTÍMULO EN MATERIA DE IVA e IEPS APLICABLE A LOS CONTRIBUYENTES QUE OPTEN POR EL R. I. F.

El estímulo es el 100% de IVA e IEPS, a quienes realicen ÚNICAMENTE operaciones con público en general.

En el último párrafo de este artículo indica: que no deberán DESGLOSAR Y TRASLADAR el impuesto en el comprobante que expidan por las operaciones, y NO PODRÁ ACREDITAR el IVA o IEPS, según corresponda.

Es decir, cuando realice el contribuyente una operación de 1,000 pesos por ejemplo, el IVA ya está implícito en el precio. Elaborará el comprobante por 1,000 pesos sin desglosar IVA, por lo que el total de ingresos por bimestre será el total facturado. En cuanto a las erogaciones se considera también el monto total del comprobante (incluyendo IVA) ESTO ES APLICABLE A LA DETERMINACIÓN DEL ISR.

Al declarar IVA se toman los mismos importes de ingresos totales, las erogaciones también se toma el monto total.

A eso se refiere el ESTÍMULO.

Ahora, si tiene operaciones mixtas, tendrás que sacar una proporción del total de los ingresos cobrados entre el total de ingresos que haya facturado desglosando IVA multiplicado por 100, el IVA acreditable multiplicarlo por el resultado obtenido, el IVA que resulte será el ACREDITABLE que disminuirás del IVA causado y así tendrás IVA A CARGO O A FAVOR.
 
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discoverything
Sargento Segundo

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05/Nov/14 10:51
Re: INGRESO PARA ISR EN RIF PARA PUBLICO EN GENERAL

Muy bien explicado discoverything

Gracias
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
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ALLENDE
Teniente Coronel

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