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01/Nov/14 13:02
obligacion de llevar contabilidad electronica???

Hola buenos dias!! mi pregunta es para que me confirmen si las personas fisicas actividad empresarial y profesional si no rebasan los 4 millones de pesos anuales en sus ingresos no tienen la obliacion de mandaran su contabilidad electronica al sat??? gracias anticipadas por sus respuesta..maluz
 
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maluz
Soldado

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01/Nov/14 17:32
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

Buena tarde:

El artículo 110, de la LISR, dispone lo siguiente: Los contribuyentes personas físicas sujetos al régimen establecido en esta Sección, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley y en las demás disposiciones fiscales, tendrán las siguientes:

II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, tratándose de personas físicas cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley.

Espero sea de utilidad.

Editado: Noviembre 01, 2014 17:33:43
 

 
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a_cano
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01/Nov/14 17:34
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

Hola Maluz:

Te copio el II parrafo del Art 110 de LISR:

II. Llevar contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, tratándose de personas físicas cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevarán su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley.
Los contribuyentes residentes en el país que tengan establecimientos en el extranjero, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones a que se refiere esta fracción, la III y la V de este artículo, respecto de dichos establecimientos, podrán hacerlo de acuerdo con lo previsto en el artículo 76 de esta Ley.


saludos
 
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Cone34
Capitán Primero

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02/Nov/14 09:42
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

No hay que confundir. Llevar contabilidad (general) con la entrega de la contabilidad electronica.

Todo contribuyente a excepcion de los que obtienen salarios, tiene como obligacion llevar contabilidad dentro de sus obligaciones fiscales.

Y otra cosa muy distinta, la obligacion de entregar una balanza por las cuentas de la contabilidad ahora denominada electronica.

En ambos casos, practicamente todos los contribuyentes que tengan su obligacion de llevar contabilidad deberan entregarla. Existen excepciones muy contadas, partidos politicos, sindicatos. Algo demasiado equivocado, tambien debieran entregar sus datos porque representan un instrumento de fiscalizacion igual a una declaracion. Quienes se amparen sobre esta ausencia del derecho de trato igual a los contribuyentes, pudiera ganar juicio, bajo una muy minima posibilidad.

Sin embargo, el derecho comun a mi consideracion debe imperar mas que los derechos particulares. Asi que este caso el derecho basico y primogenio son los colectivos

Editado: Noviembre 02, 2014 09:44:42
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Nov/14 21:55
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

muchas gracias por sus aportaciones... me quedo claro...!!
 
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maluz
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05/Nov/14 12:58
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

Buenas tardes compañeros del foro, aprovechando el tema, me gustaría que me dieran sus opiniones acerca de mi interpretación, según la regla I.2.8.2 de la RMF para 2014 aparece lo siguiente:

Sistema de registro fiscal
I.2.8.2. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del régimen de incorporación fiscal, así como el resto de las personas físicas, podrán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.

Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación.

En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.

Los contribuyentes que presenten sus registros o asientos contables bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.

Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.
CFF 28, RMF 2014 II.2.8.2.

Entiendo que esta regla miscelanea nos dice que cualquier persona física puede utilizar mis cuentas, quedando relevado de llevar su contabilidad en un sistema y también relevado de enviarla al sat, es decir esta regla hace opcional para toda persona física el uso de mis cuentas sin importar si rebasa los 2 millones de pesos.

Cómo ven compañeros, ¿mi interpretación sería correcta?

Agradezco de antemano sus comentarios.
 
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alex2603
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05/Nov/14 13:35
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

Esta es la nueva regla publicada en oct 16 de 2014.

Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”
I.2.8.1.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF deberán ingresar a la aplicación electrónica “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su clave en el RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.
Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en la citada aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.
En dicha aplicación podrán consultarse tanto la relación de ingresos y gastos capturados, como los comprobantes fiscales emitidos por este y otros medios.
Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración


Salu2
 
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grupoimper
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05/Nov/14 13:37
Re: obligacion de llevar contabilidad electronica???

Perdón, y si es correcta tu interpretación.


Salu2
 
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grupoimper
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