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20/Oct/14 19:49
UNA A. C. ES CON FINES DE LUCRO

BUENAS NOCHES, MI DUDA ES, UNA A. C. ES CON FINES DE LUCRO
Y TENDRIA QUE DECLARAR CADA MES, Y SI LE DAN UN DONATIVO
LO TENDRIA QUE FACTURAR Y DESGLOSAR EL IVA ??

SALUDOS. GRACIAS DE ANTEMANO.....ARNULFO.
 
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ARNULFO
Cabo

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20/Oct/14 21:02
Re: UNA A. C. ES CON FINES DE LUCRO

Buena noche:

Definición de donativo oneroso, conforme al artículo 119-A del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta:

Artículo 119-A. Para los efectos de los artículos 31, fracción I y 176, fracción III de la Ley, así como 31, segundo párrafo, 108 y 114 de este Reglamento, se consideran onerosos o remunerativos y, por ende no deducibles, los donativos otorgados a alguna organización civil o fideicomiso que sean considerados como donatarios autorizados, para tener acceso o participar en eventos de cualquier índole, así como los que den derecho a recibir algún bien, servicio o beneficio que éstos presten u otorguen. Asimismo, no será deducible la donación de servicios.

Cabe agregar la fracción II, del artículo noveno de las Disposiciones Transitorias, publicado en el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley… publicado en el DOF del 11 de diciembre de 2013:

II.
Se abroga la Ley del Impuesto sobre la Renta publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de enero de 2002. El Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta de fecha 17 de octubre de 2003 continuará aplicándose en lo que no se oponga a la presente Ley del Impuesto sobre la Renta y hasta en tanto se expida un nuevo Reglamento.
...

Ahora bien, en relación con el Impuesto al Valor Agregado, transcribo el artículo 8 de dicha Ley:

Artículo 8o.- Para los efectos de esta Ley, se entiende por enajenación, además de lo señalado en el Código Fiscal de la Federación, el faltante de bienes en los inventarios de las empresas. En este último caso la presunción admite prueba en contrario.

No se considerará enajenación, la transmisión de propiedad que se realice por causa de muerte, así como la donación, salvo que ésta la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del impuesto sobre la renta.

Espero sea de utilidad.

Editado: Octubre 20, 2014 21:03:19

Editado: Octubre 20, 2014 21:04:08
 

 
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a_cano
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