A partir de este año las Escuelas ya no se consideran como personas morales con fines no lucrativos, con este cambio se puede constituir una escuela como A C en este 2014 o forzosamente debe de constituirse como S C gracias anticipadas por sus respuestas
Conforme al Código Civil Federal y correlativo, si hay diferencias...
Asociación Civil
Artículo 2686.- En caso de disolución, los bienes de la asociación se aplicarán conforme a lo que determinen los estatutos y a falta de disposición de éstos, según lo que determine la asamblea general.En este caso la asamblea sólo podrá atribuir a los asociados la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones.Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o fundación de objeto similar a la extinguida.
Sociedad Civil
Artículo 2727.-La liquidación debe hacerse por todos los socios, salvo que convengan en nombrar liquidadores o que ya estuvieren nombrados en la escritura social
Artículo 2728.- Si cubiertos los compromisos sociales y devueltos los aportes de los socios, quedaren algunos bienes, se considerarán utilidades, y se repartirán entre los socios en la forma convenida.Si no hubo convenio, se repartirán proporcionalmente a sus aportes.