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06/Sep/14 23:28
SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

BUENAS NOCHES a todos los foristas les agradecsco sus comentarios a esta duda.

persona moral en regimen gral de ley con actividad de compra venta de frutas y verduras,
tasa cero de iva.
segun art 39 de LISR en lo referente al costo de lo vendido dice:
costo en actividades comerciales:
los contribuyentes que realicen actividades COMERCIALES que consistan en la adquisicion y enajenacion de mercancias, consideraran unicamente dentro del costo lo siguiente:

a) el importe de las adquisiciones de mercancias,disminuidas con el monto de las devoluciones, descuentos y bonificaciones, sobre las mismas, efectuadas en el ejercicio.

b) los gastos incurridos etc.

la duda: segun este articulo puede la pm que compra a otra pm que le vende hacer deducible las compras sin que sean pagadas, caso contrario si la compra la hace a una persona fisica segun art 27 LISR FRAC OCHO.

esta correcta mi interpretacion o estoy equivocado?


por sus respuestas y tiempo gracias.
 
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cruz777
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08/Sep/14 13:09
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Hola cruz777

En cuanto a la primera pregunta sobre operaciones entre persona moral, es deducible en el momento como en los ingresos que se obtenga la factura, se cobre o se obtenga la mercancía entre otras, pero en caso de que no se pague la mercancía es un ingreso, ya que para el proveedor sería una deducción por créditos incobrables.

Y en cuanto a las deducciones pagadas a personas físicas estas en lo correcto, se deducen hasta que estén efectivamente pagadas.
 
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alex2603
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08/Sep/14 15:01
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Buenas tardes


1. En el caso de PM las compras no son deducibles en cuanto las adquieres, si no hasta el momento en que se enajenen (costo de lo vendido).

Saludos

Editado: Septiembre 08, 2014 15:02:24
 
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rdelacruz
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08/Sep/14 16:54
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Hola rdelacruz

Podrías fundamentar la respuesta, por que por mas que investigue no encontre en la ley que tuviera que estar efectivamente pagada la compra para aplicar la deducción.
 
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alex2603
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08/Sep/14 17:36
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Si es una persona moral sí puede deducir para efectos de ISR la compra que realizó a otra Persona moral aunque dicha compra no esté pagada. Si se compra a una persona física es 'Efectos fiscales al pago'. ¿Pero que no las deducciones se aplican hasta el final del ejercicio?. Es decir, si es una PM debe tener un coeficiente de utilidad y sobre eso basar el pago provisional de ISR.
Respecto al costo de lo vendido ¿realmente crees que la autoridad tendrá tiempo de revisar cuántos kilogramos de fruta has comprado y cuántos has vendido?, a mi parecer no es algo crítico además de que nunca podrás vender todo lo comprado ya que siempre habrá mermas. Algo a tomar en consideración es reportar la operación en la DIOT, si esta fue realizada con otra PM, independientemente de si la factura se pagó o no.
 
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egaray
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08/Sep/14 17:40
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Hola egaray

La operación si no fue pagada, no puede reportarla en la DIOT, ya que el IVA no se ha pagado efectivamente y en caso de que no se pague dicha compra debe acumularse como ingreso.
 
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alex2603
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09/Sep/14 16:40
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

en cuanto tiempo se declararia como ingreso la factura no pagada y que requisitos
se tendrian que cumplir por parte de la pm que no pago la factura de compra.


por sus aportaciones gracias.
 
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cruz777
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09/Sep/14 17:06
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Perdón Alex. Tienes toda la razón, una gran pifia de mi parte. Gracias por la aclaración.
 
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egaray
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09/Sep/14 17:10
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Cruz: Puedes replantear la pregunta?. No entendí bien. Gracias.
 
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egaray
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10/Sep/14 15:42
Re: SON DEDUCIBLES LAS COMPRAS DE UNA PM NO PAGADAS A OTRA PM POR BIENES?

Buenas tardes

Hola rdelacruz

Podrías fundamentar la respuesta, por que por mas que investigue no encontre en la ley que tuviera que estar efectivamente pagada la compra para aplicar la deducción.


Alex, Con gusto, le pongo el fundamento


Arti. 25 LISR

Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

II. El costo de lo vendido.

Art. 39 LISR

El costo de las mercancías que se enajenen, así como el de las que integren el inventario final del ejercicio, se determinará conforme al sistema de costeo absorbente sobre la base de costos históricos o predeterminados. En todo caso, el costo se deducirá en el ejercicio en el que se acumulen los ingresos que se deriven de la enajenación de los bienes de que se trate.


Saludos
 
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rdelacruz
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